ORDEN 4039/2006, de 19 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, por la que se establece el currículo del grado superior de las enseñanzas de Danza.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 4039/2006, de 19 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, por la que se establece el currículo del grado superior de las enseñanzas de Danza.

Por Real Decreto 1463/1999, de 17 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 29 de septiembre), se establecieron los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas del grado superior de Danza y se reguló la prueba de acceso a las mismas.

La Orden 2284/2002, de 22 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio), del Consejero de Educación, establece el currículo de estos estudios para el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, incluyendo las enseñanzas mínimas contenidas en el Real Decreto anteriormente citado.

La experiencia docente acumulada a lo largo de estos años en la impartición de estas enseñanzas, así como las sugerencias realizadas por los profesionales relacionados con el mundo de la Pedagogía y de la Coreografía de la Danza, han puesto de manifiesto la necesidad de introducir algunas modificaciones en el Plan de Estudios establecido en la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, anteriormente citada.

La Consejería de Educación tiene competencia para ello, atribuida por el Decreto 117/2004, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto).

En virtud de todo lo anterior,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, por la que se establece el currículo del grado superior de Danza

Uno. El apartado 3 del artículo 3 queda suprimido.

Dos. El artículo 8.1.1.b) queda redactado del siguiente modo:

"b) Asignaturas propias de la especialidad o, en su caso, opción."

Tres. El artículo 9.1 queda redactado del siguiente modo:

"El Anexo I de la presente Orden contiene las asignaturas obligatorias de las dos especialidades, su carga lectiva, el curso o cursos en que deberán realizarse y, en su caso, su correspondencia con las materias establecidas en el Real Decreto 1463/1999, de 17 de septiembre."

Cuatro. El artículo 13, queda redactado del siguiente modo:

"A lo largo del último curso será obligatorio realizar un trabajo escrito de investigación sobre un área concreta del ámbito de la Danza, propuesto por el alumno y bajo la dirección de un profesor del centro, en el que deberán ponerse en práctica los conocimientos y aptitudes adquiridos durante su carrera. El citado trabajo tendrá una valoración de 12 créditos, que se incluyen en el cómputo de los establecidos para ambas especialidades."

Cinco. El artículo 20.1 queda redactado como sigue:

"La prueba de acceso al grado superior de Danza se celebrará en una única convocatoria anual que, en todo caso, tendrá lugar durante el mes de septiembre. Los aspirantes dispondrán de hasta cuatro convocatorias para superarla."

Seis. Se sustituye la asignatura común "Fundamentos de Etnomusicología", incluida en los Anexos I, II y III de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, que se imparte en el cuarto curso de todas las opciones de las dos especialidades del grado superior de Danza, por la asignatura "Música aplicada a la Danza IV", que deberá realizarse en el mismo cuarto curso de ambas especialidades con la misma carga lectiva de seis créditos.

Siete. Se procede al cambio de denominación de las siguientes asignaturas, sin modificar su carga lectiva ni el curso en el que han de impartirse:

- La asignatura "Antropología e Historia de la Danza" que figura en los Anexos I, II y III de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, que se imparte en los cursos primero y segundo de todas las opciones de las dos especialidades del grado superior de Danza, pasará a denominarse "Teoría e Historia de la Danza".

- La asignatura "Antropología e Historia de la Danza Española" que figura en los Anexos I, II y III de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, que se imparte en los cursos primero y segundo de las Opciones C) Danza Española y D) Baile Flamenco de la especialidad de Pedagogía de la Danza y en los cursos primero y segundo de la Línea 2) Danza Española y Flamenco de la Opción A) Coreografía, y Línea 2) Danza Española y Flamenco de la Opción B) Interpretación, correspondientes a la especialidad de Coreografía y Técnicas de Interpretación de la Danza, pasará a denominarse "Teoría e Historia de la Danza".

- La asignatura "Interpretación y Dramaturgia" que figura en los Anexos I, II y III de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, que se imparte en el segundo curso de todas las opciones de la especialidad de Pedagogía de la Danza, pasará a denominarse "Interpretación".

Ocho. Los cuadros del Anexo I de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, correspondientes a la especialidad de Coreografía y Técnicas de Interpretación de la Danza, en sus respectivas opciones a) Coreografía y b) Interpretación, con sus correspondientes líneas 1 (Danza Clásica y Danza Contemporánea) y 2 (Danza Española y Flamenco) quedan sustituidos por el cuadro que figura en el Anexo I de la presente Orden. Del mismo modo, los Anexos II y III de la Orden 2284/2002, de 22 de mayo quedan sustituidos por los correspondientes Anexos II y III de la presente Orden.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única

Implantación de las enseñanzas

La aplicación de la modificación de las enseñanzas previstas en esta Orden se realizará de forma progresiva, curso a curso, a partir del curso académico 2008-2009, sin perjuicio de que en aquellos centros que cuenten con las infraestructuras y el personal docente correspondiente pueda implantarse de modo efectivo a partir del curso académico 2006-2007.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única

Quedan derogadas cuantas disposiciones de ámbito autonómico de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente norma.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Habilitación para la aplicación e interpretación de la Norma

Se autoriza a las Direcciones Generales de Ordenación Académica, de Centros Docentes y de Recursos Humanos, de la Con-

sejería de Educación de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar cuantas instrucciones sean precisas a los efectos de la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.

Segunda

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de julio de 2006

El Consejero de Educación, LUIS PERAL GUERRA

ANEXO I

ESPECIALIDAD: COREOGRAFÍA Y TÉCNICAS DE INTERPRETACIÓN DE LA DANZA

ANEXO II
  1. ASIGNATURAS COMUNES A AMBAS ESPECIALIDADES

    Estética e Historia del Arte I y II

    Periodización de la Historia del Arte y de las ideas estéticas. Teoría y fundamento de las artes. Análisis histórico interdisciplinar entre la danza y las otras artes: Música, teatro, pintura, escultura, arquitectura, etcétera. La prehistoria. Los grandes imperios agrarios: Las culturas mesopotámicas y la cultura egipcia. La cultura clásica: Arte prehelénico y arte griego. Arte etrusco y arte romano. La crisis del mundo antiguo y los orígenes del arte cristiano: Arte paleocristiano, la cultura bizantina y el arte prerrománico. El arte islámico. El arte románico. El arte gótico. El Renacimiento. El Barroco. Siglos XVIII y XIX. El siglo XX hasta la II Guerra Mundial. El arte tras la II Guerra Mundial.

    Teoría e Historia de la Danza I

    La Danza en la Antigüedad: Orígenes, la Biblia, Egipto, la India, Ceilán y Bali. Danzas Africanas. Grecia. La Danza en Etruria. Roma. La Edad Media. Historia del Ballet: Renacimiento. Barroco. Vigano y Blasis. El Romanticismo. La era de María Taglioni. El Clasicismo. Creaciones de interés hasta el siglo XX. Orígenes y evolución de la Danza Española hasta final del siglo XIX.

    Teoría e Historia de la Danza II

    Danzas afroamericanas del siglo XIX. El siglo XX. Pioneros e Innovadores. Delsarte. Louis Fuller. Isadora Duncan. Dalcroze. Laban. Mary Wigman. Kart Jooss. Ted Shawn Ruth St.Denis. Otros creadores. José Limón. Lester Horton. Diaghilev y los Ballets Rusos. Massine. De Basil y los Ballet Rusos de Montecarlo, Lifar. Balanchine. La Danza Moderna Norteamericana: Cunningham. Paul Taylor. Alvin Ailey. Glen Tetley. Coreógrafos europeos: Roland Petit, Maurice Bejart y otros. Evolución de la Danza Española a lo largo del siglo XX: Principales coreógrafos e intérpretes. La danza estilizada. Nuevas tendencias en la Danza Española.

    Anatomía y Biomecánica aplicadas a la Danza

    Anatomía descriptiva y funcional y su aplicación al movimiento humano. Fundamentos de mecánica aplicados al movimiento. Biomecánica del aparato locomotor. Análisis anatomo-funcional y biomecánico de las técnicas de Danza. Aplicación práctica de estos contenidos.

    Fisiología del Movimiento y Nutrición aplicadas a la Danza

    Fisiología del cuerpo humano y del ejercicio. Cineantropometría: Medidas corporales, composición corporal. Mecanismos de adaptación del organismo. Nutrición, salud y rendimiento físico. Dietas.

    Ayudas ergogénicas. Principios de entrenamiento. Desarrollo de las capacidades físicas. Métodos y planificación del entrenamiento. Recuperación postesfuerzo. Su aplicación práctica.

    Patologías de la Danza

    Procesos patológicos más frecuentes en la Danza, sus causas y prevención. Lesiones traumáticas agudas y por sobrecarga. El proceso de curación. Recuperación funcional y reentrenamiento posterior. Primeros auxilios: Prácticas. Técnicas de rehabilitación. Patologías no traumatológicas, incluidos los desórdenes del comportamiento nutricional.

    Técnicas Corporales de aplicación a la Danza I y II

    Introducción a las principales técnicas de autocontrol y relajación (Alexander...

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