DECRETO 70/1999, de 13 de mayo, por el que se crean los ficheros manuales y automatizados de datos de carácter personal, que figuran en el Anexo I de los centros ocupacionales y centros de atención a minusválidos psíquicos de la Comunidad de Madrid dependientes del Servicio Regional de Bienestar Social.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Consejeria de Sanidad y Servicios Sociales |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 13/1995, de 21 de abril, modificada por Ley 13/1997, de regulaciÛn del uso de inform·tica en el tratamiento de datos personales por la Comunidad de Madrid, habilita al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para la aplicaciÛn y desarrollo de la referida Ley, y en concreto en diferentes preceptos para que por la vÌa reglamentaria regule la creaciÛn, modificaciÛn o supresiÛn de ficheros automatizados de datos de car·cter personal, asÌ como determinados aspectos en su mayorÌa de car·cter procedimental y aquellos referentes al ejercicio de los derechos de acceso, rectificaciÛn y cancelaciÛn.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto y en los tÈrminos establecidos en la Ley 13/1995, de 21 de abril, se hace necesario el establecimiento y cumplimiento de las normas reguladoras de la creaciÛn de los ficheros que contengan los datos de car·cter personal relativos al personal y usuarios de los centros propios, ocupacionales y de atenciÛn a minusv·lidos psÌquicos, de la Comunidad de Madrid, dependientes del Servicio Regional de Bienestar Social que figuran en el Anexo I.
La existencia de estos nuevos ficheros y registros es imprescindible para mantener la calidad de atenciÛn que requieren los usuarios de los centros ocupacionales y de atenciÛn a minusv·lidos psÌquicos propios de la Comunidad de Madrid, asÌ como por la importancia que tienen para la organizaciÛn y el funcionamiento de las mismas. Por todo ello es necesario adecuar estos ficheros y registros de car·cter personal a la normativa reguladora de protecciÛn de datos.
El presente Decreto ha sido informado por la Agencia de ProtecciÛn de Datos de la Comunidad de Madrid y sometido a consulta de los sectores afectados.
En su virtud, a propuesta de la ConsejerÌa de Sanidad y Servicios Sociales, y de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y AdministraciÛn de la Comunidad de Madrid, y del artÌculo 11.2 de la Ley 13/1995, de 21 de abril, previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno en su reuniÛn de 13 de mayo de 1999.
DISPONGO
Se crean los ficheros automatizados y manuales de datos de car·cter personal de los centros ocupacionales y centros de atenciÛn a minusv·lidos psÌquicos, propios y dependientes del Servicio Regional de Bienestar Social de la ConsejerÌa de Sanidad y...
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