ORDEN 498/2008, de 26 de marzo, por la que se establece la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios y mancomunidades de la Comunidad de Madrid para el equipamiento de salas de exposiciones en el ejercicio 2008.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de la convocatoria y presupuesto

  1.   Se convoca, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, y de conformidad con las bases aprobadas mediante Orden 101/2006, de 30 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de febrero de 2006), la concesión de subvenciones a municipios y mancomunidades de la Comunidad de Madrid, al objeto de financiar la siguiente línea básica de actuación:

  2. o El equipamiento de salas de exposiciones municipales (sistemas de colgado; sistemas de iluminación y mobiliario y, excepcionalmente, sistemas audiovisuales).

  3.   El presupuesto destinado para financiar la presente convocatoria es de 104.000 euros, que se aplicarán con cargo a la partida 76390 del programa 802 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio económico de 2008.

Artículo 2

Solicitudes: Plazo y forma de presentación y documentación

  1.   El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

  2.   Las solicitudes para la obtención de estas ayudas se formularán en los modelos recogidos en los Anexos I y II de la presente convocatoria, y se presentarán en los lugares citados en el artículo tercero de las bases reguladoras citadas, acompañándose de cuanta documentación sea necesaria según se indica en el citado artículo tercero de las bases reguladoras de esta convocatoria, sin perjuicio de su presentación telemática.

Artículo 3

Resolución de la convocatoria, plazo e impugnabilidad

  1.   Una vez valoradas las solicitudes y despachados los trámites dispuestos en las bases reguladoras de estas subvenciones, el Director General de Archivos, Museos y Bibliotecas, como titular del órgano instructor, elevará la propuesta de concesión definitiva al Consejero de Cultura y Turismo para su resolución.

  2.   El plazo máximo para la resolución y publicación de la concesión de las subvenciones será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido este tiempo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud.

  3.   La Orden de concesión, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, determinará en cada caso...

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