ORDEN 1095/2003, de 25 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se establecen las pruebas de madurez correspondientes a las formaciones deportivas del período transitorio, reguladas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, para quienes no cumplen los requisitos académicos establecidos.
Sección | A - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN 1095/2003, de 25 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se establecen las pruebas de madurez correspondientes a las formaciones deportivas del período transitorio, reguladas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, para quienes no cumplen los requisitos académicos establecidos.
El Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, por el que se configuran como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, establece en la Disposición Transitoria Primera el período transitorio para las formaciones deportivas hasta la implantación de estas enseñanzas, y determina que el Ministerio de Educación y Cultura, hoy Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, completará los aspectos necesarios para regular dichas formaciones deportivas.
La Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, regula los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de la formación en materia deportiva, y establece que corresponde a las Administraciones educativas competentes dictar las normas correspondientes para la realización de las pruebas de madurez de los aspirantes sin los requisitos de titulación previstos para el acceso a las formaciones deportivas.
La Consejería de Educación, en virtud del Real Decreto 926/1999, de 28 de mayo, por el que fueron traspasadas de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria, una vez publicada la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, procede a regular las citadas pruebas para su aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
En su virtud,
DISPONGO
Objeto de la norma
La presente Orden regula las pruebas de madurez para los candidatos, sin requisitos académicos, a las enseñanzas deportivas reguladas para el período transitorio hasta la implantación de las conducentes a las titulaciones de técnicos deportivos.
Ámbito de aplicación y destinatarios
Esta norma será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Podrán acogerse a la misma quienes reúnan los requisitos establecidos en el apartado sexto, punto dos, de la Orden ECD 3310/2002, de 16 de diciembre.
Objeto de la prueba
La prueba de madurez tendrá por finalidad verificar si los aspirantes poseen los conocimientos y habilidades suficientes, en relación con los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, para el acceso al nivel I, o bien la madurez con relación a los objetivos del Bachillerato, tanto en el aspecto intelectual, acreditado a través del dominio de las capacidades lingüísticas, como en el razonamiento y en los conocimientos fundamentales para acceder al nivel III de las diferentes modalidades o, en su caso, especialidades deportivas.
Requisito...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba