ORDEN 11059/1998, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden 2064/1998, de 26 de marzo, de aplicación en la Comunidad de Madrid, del Real Decreto 798/1995, por la que se establece el sistema de gestión de las ayudas relativas a las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la...
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Economia y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
La Orden 2064/1998, de 26 de marzo, establece el régimen de gestión de ayudas relativas a las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos en aplicación del Real Decreto 798/1995, de 19 de mayo.
En el citado Real Decreto se establecen los aspectos relacionados con el desarrollo de la acuicultura y la comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura así como de la promoción y búsqueda de nuevas ayudas comerciales contempladas en el Reglamento (CE) 3699/1993, y demás normativa comunitaria de aplicación.
La adaptación de las bases reguladoras a las nuevas directrices establecidas, así como la adecuación del procedimiento de concesión de las ayudas a las normas previstas en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, hace necesario la modificación de determinados artículos de la Orden 2064/1998, de 26 de marzo.
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Economía y Empleo, a través de la Dirección General de Agricultura y Alimentación, tiene competencias en materia de industrias agrarias de acuerdo con el artículo 19, letra p), del Decreto 258/1995, de 5 de octubre, modificado por el Decreto 95/1997, de 31 de julio.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios,
DISPONGO
Se modifican los artículos 5, 10 y 16 de la Orden 2064/1988, de 26 de marzo, que quedan redactados de la forma siguiente:
Artículo 5
Cuantía de las ayudas
La ayuda se concederá en forma de subvención de capital, teniendo en cuenta que:
a) La aportación del IFOP en relación con el total de la inversión subvencionable será del 30 por 100 para los municipios incluidos en la zona 5b y del 20 por 100 para el resto.
b) El porcentaje de participación de las Administraciones Públicas nacionales será del 5 por 100.
c) El porcentaje mínimo de aportación del beneficiario será del 50 por 100 en inversiones destinadas...
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