ORDEN 2319/2003 de 29 de abril, por la que se convocan ayudas para la realización de intercambios o encuentros escolares durante el curso escolar 2003/2004.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2319/2003 de 29 de abril, por la que se convocan ayudas para la realización de intercambios o encuentros escolares durante el curso escolar 2003/2004.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, señala en su artículo 57 que las Administraciones educativas promoverán la actualización y la mejora continua de la cualificación profesional de los profesores y la adecuación de sus conocimientos y métodos a la evolución de la ciencia y de las didácticas específicas. Asimismo, en su artículo 59.2 indica que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades Autónomas podrán colaborar en el establecimiento, desarrollo y ejecución de programas de formación del profesorado, mediante los convenios que, a estos efectos, se suscriban.

El acercamiento entre las diversas comunidades educativas implica el conocimiento y aproximación a usos y costumbres diferentes. Ello supone el desarrollo de hábitos de comprensión y tolerancia, por lo que parece conveniente que desde las Administraciones públicas se tomen las medidas oportunas que propicien el fomento de intercambios o encuentros escolares.

Asimismo, se estima el alto valor que tienen estas actividades escolares como fuente de recursos, tanto para el trabajo de los profesores como de los alumnos, especialmente para el conocimiento del entorno y para el desarrollo de hábitos de respeto hacia el mismo.

En consecuencia, la Consejería de Educación desea fomentar intercambios o encuentros escolares que incluyan actividades desarrolladas de acuerdo con el proyecto educativo y programadas dentro del plan anual de los centros, con el fin de:

- Facilitar a los estudiantes el conocimiento y difusión de la realidad histórica, social y cultural de la Comunidad de Madrid, reforzando nuestra presencia en los países receptores del intercambio.

- Fomentar la observación directa y la comparación de distintos medios geográficos, así como la relación humana con sus habitantes, centros escolares o familias.

- Favorecer la convivencia de comunidades educativas que compartan un proyecto pedagógico común.

A tal fin y en su virtud,

DISPONGO

  1. Objeto, asignación económica y características

    de la convocatoria

    1. Objeto

      Convocar, mediante concurso, ayudas económicas para los centros educativos de la Comunidad de Madrid que realicen intercambios o encuentros escolares con centros de otras comunidades o países durante el curso 2003/2004.

    2. Asignación económica

      El presupuesto asignado por la Comunidad de Madrid para financiar la presente convocatoria será de 110.000 euros con cargo a la partida 4850 del Programa Económico 509, imputándose 27.500 euros al ejercicio económico de 2003 y 82.500 al ejercicio de 2004.

      El presupuesto correspondiente al año 2004 está sujeto a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del expediente en el presupuesto de ejecución del mismo año.

      Por otra parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá aportar a la Comunidad de Madrid el presupuesto asignado en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas para la realización de intercambios y encuentros escolares para el año 2003.

    3. Características de la convocatoria

      La Consejería de Educación ofrece a los centros educativos de la Comunidad de Madrid ayudas económicas para el desarrollo de una de las siguientes modalidades:

      1. Intercambios entre el alumnado de la Comunidad de Madrid y el de otras comunidades o países.

      2. Encuentros en la Comunidad de Madrid con el alumnado de otras comunidades o países.

      Como apoyo al desarrollo de las actividades comprendidas en estas modalidades, el Centro de Intercambios Escolares proporcionará:

      - Contactos con centros educativos de otras comunidades o países para la realización de intercambios o encuentros.

      - Asesoramiento para el diseño y elaboración del proyecto a presentar.

      - Formación para el profesorado participante y recursos bibliográficos y documentales sobre itinerarios e intercambios.

      En la modalidad de intercambios los alumnos de los centros visitantes deberán residir en los domicilios de los alumnos receptores. El Centro de Intercambios Escolares podrá ofrecer, si el proyecto así lo justifica, residencia a los citados alumnos visitantes, pudiendo también combinarse la estancia en las familias y en el citado Centro.

      En la modalidad de encuentros los alumnos de los centros visitantes residirán en el Centro de Intercambios Escolares.

      El órgano instructor del expediente de concesión será la Dirección General de Ordenación Académica.

  2. Destinatarios y requisitos

    1. Destinatarios

      Podrán participar en la presente convocatoria los centros educativos, públicos y privados concertados, que impartan el nivel de Educación Secundaria en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

    2. Requisitos

      1. Elaboración de un proyecto, que sea original, acorde con la modalidad en la que se participe, según las descritas en el artículo 3. El proyecto, según Anexo II, no podrá superar las 12 páginas. Las actividades programadas tendrán como referente el conocimiento de la Comunidad de Madrid y, si existe intercambio, la comparación con la realidad del país o comunidad del centro visitante.

      2. Desarrollo de los intercambios o encuentros antes del 30 de junio del año 2004.

      3. Aprobación del Consejo Escolar .

      4. El programa tendrá prevista la realización de experiencias educativas en el centro. Éste se compromete a seleccionar a los participantes en el intercambio o encuentro escolar y a garantizar el normal desarrollo de las clases para el resto del alumnado que no participe en los mismos. Esta actividad deberá incluirse en la Programación General Anual del Centro.

      5. La duración del intercambio o encuentro deberá ser como máximo de diez días (incluyendo el viaje).

      6. El número de alumnos participantes deberá oscilar entre un mínimo de 15 y un...

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