ORDEN 3355/1999, de 10 de noviembre, de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, de la Comunidad de Madrid, por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 65/1999, de 13 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1999 (corrección de errores mediante Acuerdo de 17 de junio de 1999), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Letrados, Administración Especial, Grupo A, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas del Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, de la Comunidad de Madrid, por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a dos plazas. En caso de quedar desiertas, se acumularán a las de turno libre.

1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno general de acceso libre asciende a tres plazas.

1.1.3. De acuerdo con lo que determina el artículo 6 del Decreto 65/1999, de 13 de mayo (corrección de errores mediante Acuerdo de 17 de junio de 1999), y la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, del total de las tres plazas del turno libre se reserva una para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen, la cual se acumulará a las del turno libre en caso de no cubrirse.

1.1.4. Los aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provinientes del sistema de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

1.1.5. Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento de oposición para promoción interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre.

1.1.6. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos.

1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de abril; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Decreto 65/1999, de 13 de mayo (corrección de errores mediante Acuerdo de 17 de junio de 1999); la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, las Bases de esta convocatoria y el resto de la normativa vigente en la materia.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Poseer la nacionalidad española y tener cumplidos los dieciocho años de edad.

  2. Estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de Licenciado/a en Derecho.

  3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B de la Comunidad de Madrid, tener una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

    A los efectos señalados en el párrafo anterior, los aspirantes que se encuentren prestando servicios en esta Comunidad en virtud del procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, deberán pertenecer a un Cuerpo o Escala del Grupo B, tener una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan, y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

    Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

    2.3. Los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

    Tercera

    Aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad y/o soliciten adaptaciones

    3.1. Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidad deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y reunir los requisitos previstos en la base segunda, apartados 1 y 3 de esta convocatoria.

    Asimismo, deberán presentar, dentro del plazo señalado en la base 5.2, certificado actualizado acreditativo de la discapacidad expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o algún otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, en el que se indique el grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones propias del Cuerpo al que se opta.

    3.2. Adaptaciones de tiempo y/o medios. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en el párrafo anterior, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada.

    Cuarta

    Solicitudes

    4.1. Las solicitudes para participar en la presentes pruebas selectivas se ajustarán al modelo que figura como Anexo II a la presente convocatoria, y serán facilitadas gratuitamente en cualquier oficina de "Caja de Madrid", en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3) y en los Registros de todas las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de la presente convocatoria.

    4.2. Cumplimentación de la solicitud:

    4.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado.

    ¾ En el apartado número 2 "Datos de la Convocatoria" deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos:

    Número de orden de convocatoria. Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Código del Cuerpo: 2664. Cuerpo: Letrados.

    ¾ Los aspirantes que, conforme a lo dispuesto en la Base 4.3.2, estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen, harán constar 0000 pesetas en el espacio destinado al efecto en el apartado número 6 de la solicitud.

    A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley 5/1992, de 25 de octubre, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de la Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas.

    4.2.2. Documento que acompaña a la solicitud:

    ¾ Original del resguardo de ingreso efectivo en la cuenta corriente 6000027959, sucursal 0626 de la "Caja de Madrid", donde conste dicho número de cuenta y la cantidad ingresada a que se refiere la base 4.3.1, únicamente si el aspirante efectúa el ingreso en una entidad financiera distinta a "Caja de Madrid" y si estos datos no constan ya en la solicitud.

    Este documento se adjuntará a la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 4.2.3 de esta convocatoria.

    4.2.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo.

    ¾ Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas:

  5. En cualquiera de las Oficinas de "Caja de Madrid".

  6. En el Registro General de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3) y en los registros de todas las Consejerías cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria.

  7. Telefónicamente a través de los servicios telefónicos de "Caja de Madrid", llamando al número 915 906 044. El aspirante deberá facilitar todos los datos requeridos. En este caso, el pago de la tasa por derechos de examen se realizará mediante cargo en cuenta de "Caja de Madrid", a través de tarjeta de crédito o débito de cualquier Banco o Caja de Ahorros. De utilizar esta forma de presentación de instancias, los aspirantes deberán personarse en la Dirección General de la Función Pública (plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20), a partir del segundo día a contar desde aquel en que termine el plazo de presentación de instancias y durante los quince días siguientes, a efectos de firmar el modelo de instancia donde consten los datos facilitados telefónicamente a los servicios de "Caja de Madrid".

  8. En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    ¾ El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    4.3. Tasa por derechos de examen.

    4.3.1. Conforme a la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y la Disposición Adicional Primera de la Ley 26/1998, de 28 de diciembre...

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