ORDEN de 11 de diciembre de 2006, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, sobre régimen tarifario de los servicios interurbanos de autotaxi.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Transportes e Infraestructuras
Rango de LeyOrden

Los servicios interurbanos de autotaxi se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al sistema tarifario y condiciones de aplicación del mismo, regulados en los artículos 18 y 19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y 28 y 29 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, y modificado por Real Decreto 1136/1997, de 11 de julio.

La Comunidad de Madrid es competente para el establecimiento en su ámbito territorial del sistema tarifario correspondiente a esta clase de servicios y de las condiciones para su aplicación, aun cuando los mismos se efectúan al amparo de una autorización de ámbito nacional, en virtud de la delegación de competencias en las Comunidades Autónomas operada por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio. Asimismo, el Estatuto de Autonomía en su artículo 26.1.6 le atribuye competencia exclusiva sobre los transportes por carretera cuyo itinerario transcurra íntegramente por el territorio de la misma.

De otra parte, la existencia del Área Territorial de Prestación Conjunta para el servicio de autotaxi, en la que se integran el Ayuntamiento de Madrid y otros próximos al mismo que hayan suscrito el correspondiente convenio, permite en dicha Área la realización de servicios tanto urbanos como interurbanos con sujeción a un régimen tarifario unificado.

A la vista de estas consideraciones se estimó conveniente en su momento homogeneizar las tarifas de los servicios de autotaxi de carácter interurbano en la Comunidad de Madrid, de forma que todos los profesionales taxistas, incluso los que trabajan en municipios no integrados en la citada Área de Prestación Conjunta, apliquen las mismas en este tipo de servicios, lo que redunda en una mayor claridad y transparencia para los usuarios.

Los incrementos de costes de explotación experimentados desde la aprobación de la Orden de 26 de diciembre de 2005, que estableció el régimen tarifario actualmente vigente, aconsejan la actualización de dicho régimen, objetivo al que se dirige la presente Orden.??

En virtud de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Transportes y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DI...

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