Reglamento– Decreto 5/2010, de 25 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Reglamento de Funcionamiento de la Mesa para la Integración y Promoción del Pueblo Gitano de la Comunidad de Madrid
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Presidencia, Justicia e Interior |
Rango de Ley | Reglamento |
Mediante Decreto 135/2002, de 25 de julio, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento de la Mesa para la Integración y Promoción del Pueblo Gitano de la Comunidad de Madrid, en cuyo artículo 3 se establece la composición de la citada Mesa, integrada, entre otros, por representantes de cada una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Posteriormente, y mediante Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, se variaron el número y la denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y, mediante Decreto 42/2009, de 30 de abril, del Consejo de Gobierno, se modificaron la denominación y las competencias de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno y de la Consejería de Economía y Hacienda.
Por tanto, se hace necesario adecuar la composición de la Mesa para la Integración y Promoción del Pueblo Gitano a fin de que no tenga que modificarse con cada reestructuración orgánica.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 25 de febrero de 2010,
DISPONE
Modificación de los apartados 1, 2,3y4del artículo 3 del Decreto 135/2002, de 25 de julio.
Se modifican los apartados 1, 2,3y4del artículo 3 del Decreto 135/2002, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Mesa para la Integración y Promoción del Pueblo Gitano de la Comunidad de Madrid, que quedan redactados de la siguiente forma:
"1. La Mesa para la Integración y Promoción del Pueblo Gitano de la Comunidad de Madrid estará compuesta por los siguientes miembros: a) El Presidente, que será el titular de la Viceconsejería a la que esté adscrita la Mesa. b) El Vicepresidente, que será el titular de la Dirección General competente en materia de interior.
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Un representante por cada uno de los Grupos Parlamentarios de la Asamblea. d) Un representante por cada una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, salvo aquella a la que esté adscrita la Mesa.
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Cinco representantes elegidos entre asociaciones del colectivo gitano que cuenten con programas, servicios o...
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