Funcionamiento ante catástrofes– Orden 648/2015, de 12 de marzo, de colaboración entre las Consejerías de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno y de Asuntos Sociales, relativa al mantenimiento y funcionamiento de un equipo de respuesta inmediata ante catástrofes

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyOrden

La Cooperación para el Desarrollo es entendida por la Comunidad de Madrid como el conjunto de recursos y capacidades que la región de Madrid pone al servicio de los países en desarrollo con el fin de contribuir a su progreso humano, económico y social.

En el artículo 5 de la Ley 19/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, se establece que, entre los instrumentos a través de los que se lleva a cabo la política de cooperación para el desarrollo, figura la ayuda de emergencia y humanitaria.

En este contexto se dictó la Orden 155/2006, de 5 de diciembre, de la Consejería de Inmigración, de colaboración entre las entonces Consejerías de Justicia e Interior y de Inmigración, para la puesta en funcionamiento de un equipo de respuesta inmediata ante catástrofes. La mencionada Orden creaba un equipo de respuesta inmediata con el fin de movilizar, con carácter urgente, los recursos humanos y materiales de primera necesidad, para atender a la población de las zonas afectadas por catástrofes ocasionadas, tanto por fenómenos naturales como las causadas por el hombre o derivadas de conflictos bélicos. Asimismo, la Orden relacionaba las líneas de actuación en las que se concretaban los ámbitos de colaboración entre ambas Consejerías.

Hasta la fecha, la colaboración entre ambas Consejerías, en aplicación de la Orden 155/2006, de 5 de diciembre, ha sido estrecha y satisfactoria. No obstante, circunstancias como la obtención por parte del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid del certificado de clasificación como equipo medio INSARAG (International Search and Rescue Advisory Group) de la Organización de Naciones Unidas (ONU), la necesaria adecuación de la política de cooperación al desarrollo de la Comunidad de Madrid a nuevos escenarios económicos y sociopolíticos, así como su integración en el marco de la Cooperación Española, por un lado, y la desaparición de las Consejerías que conjuntamente aprobaron la citada Orden 155/2006, de 5 de diciembre, y la asunción de sus competencias que en esta materia son las Consejerías que se citan en el encabezado de la presente Orden, por otra parte, aconsejan redefinir el ámbito de colaboración entre las actuales Consejerías de Asuntos Sociales y de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno en materia de atención de situaciones de...

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