DECRETO 10/2003, de 6 de febrero, por el que se extiende a Metrosur la aplicación del Reglamento de Viajeros del ferrocarril metropolitano de Madrid, y se modifican algunos de sus preceptos.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 10/2003, de 6 de febrero, por el que se extiende a Metrosur la aplicación del Reglamento de Viajeros del ferrocarril metropolitano de Madrid, y se modifican algunos de sus preceptos.

PREÁMBULO

La puesta en servicio de la infraestructura ferroviaria de transporte público de viajeros denominada Metrosur, que constituye una línea circular de metro que une los municipios de Móstoles, Alcorcón, Leganés, Getafe y Fuenlabrada, cuyo operador es la empresa 'Metro de Madrid, Sociedad Anónima', hace preciso establecer las condiciones generales de utilización del servicio

público, así como las obligaciones de los viajeros y de la empresa explotadora y los derechos de aquéllos.

La identidad entre el servicio público que se presta por medio de la citada línea de ferrocarril y el que 'Metro de Madrid, Sociedad Anónima', viene prestando como compañía explotadora del ferrocarril metropolitano de Madrid, aconseja que en ambos casos las relaciones de la empresa explotadora con los usuarios sean reguladas por una única disposición que evite diferencias en el tratamiento de situaciones que se revelan como sustancialmente iguales.

Por otra parte, y para conseguir ese objetivo, deben modificarse algunos artículos del Reglamento de Viajeros del ferrocarril metropolitano de Madrid, dotándoles de la flexibilidad adecuada para que puedan regular simultáneamente las incidencias que puedan surgir en ambas infraestructuras ferroviarias.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, visto el informe favorable de 'Metro de Madrid, Sociedad Anónima', tras el conocimiento del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de febrero de 2003,

DISPONGO

Artículo

Aplicación del Decreto 49/1987, de 8 de mayo, a Metrosur

  1. El Reglamento de Viajeros del ferrocarril metropolitano de Madrid aprobado por Decreto 49/1987, de 8 de mayo, y modificado por el Decreto 115/1993, de 21 de octubre, y por el Decre-to to 254/2000, de 30 de noviembre, será aplicable en la línea ferroviaria de transporte público de viajeros Metrosur a partir de su puesta en servicio.

  2. Las menciones contenidas en el Reglamento de Viajeros del...

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