ORDEN 1166/2001, de 27 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden 4029/1998, de 28 de julio, por la que se establecen las normas para la concesión de ayudas para la realización de ensayos de carácter experimental y demostraciones agrícolas en explotaciones colaboradoras, para el fomento de la producción,...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Orden 4029/1998, de 28 de julio, modificada por la Orden 7658/1998, de 16 de noviembre, regula una línea de ayudas dirigida tanto a la recuperación de determinados productos, como a otras actuaciones tendentes a la mejora de la competitividad de las explotaciones agrarias, apoyando entre otros, el desarrollo de técnicas agrarias adecuadas, la utilización de nuevas tecnologías y las prácticas que aumenten la calidad de las producciones, protegiendo y conservando, en todo caso, el medio natural.

Por Orden 1992/1999, de 14 de mayo, se incorporaron nuevos protocolos a los ya existentes en la Orden 4029/1998.

Las sucesivas convocatorias de esta línea de ayudas, han puesto de manifiesto la necesidad de modificar los criterios de selección a fin de priorizar las condiciones personales de los solicitantes y concretamente valorar la condición de agricultor a título principal sobre el resto de los criterios. Por otra parte, las modificaciones legales y de estructura orgánica que se han producido desde la entrada en vigor de la Orden 4029/1998, aconseja modificar los artículos afectados.

Por lo expuesto y cumplidos los trámites reglamentarios,

DISPONGO

Artículo 1

El artículo 5 de la Orden 4029/1998, de 28 de julio, queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 5

Presentación de solicitudes

1. El interesado deberá presentar la solicitud en el modelo oficial, dirigida al ilustrísimo señor Director General de Agricultura, aportando la siguiente documentación en original o copia autenticada o fotocopia compulsada, conforme al modelo que figura como Anexo de la presente Orden:

a) D.N.I., C.I.F. o N.I.F.

b) Documentación acreditativa de la titularidad de la explotación, siendo suficiente la certificación del Catastro de Rústica y/o copia de los contratos de arrendamiento, cesión o aparcería.

c) En el caso de personas jurídicas, Escritura de constitución o Estatutos sociales, según proceda y certificación actualizada de inscripción en el Registro correspondiente y en el caso de SAT, certificación de haber cumplido con las obligaciones recogidas en el Decreto 132/1996, de 11 de septiembre, certificación del acuerdo válidamente tomado en Junta o Asamblea General haciendo constar las ayudas que solicitan y representante designado para solicitar la ayuda.

d) Certificación de la entidad bancaria correspondiente donde se solicite el ingreso de la ayuda en la que conste el código, cuenta corriente o libreta de ahorro, sucursal y dirección de la misma.

e) Declaración responsable en la que conste que no se ha solicitado ni se le han concedido ninguna subvención para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o Entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

2. En caso de alegar alguno de los criterios de prioridad contenidos en el artículo 8.3 de esta Orden se aportará la siguiente documentación, junto con el Anexo a la solicitud:

a) Creación de empleo estable: Deberá aportar declaración responsable en la que conste el compromiso de su creación y el informe de vida laboral.

b) Titular de explotación prioritaria: Certificado de inscripción en el Registro de Explotaciones Prioritarias, expedido por la Dirección General de Agricultura, que tendrá validez de un año desde la fecha de certificación o manifestación de estar inscrito, para que la citada...

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