Tasa expedición certificados cursos formación– Orden de 20 de agosto de 2012, por la que se regula la tasa por expedición de certificados de los cursos de formación de empleados públicos

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Rango de LeyOrden
LUNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2012Pág. 8 B.O.C.M. Núm. 216
BOCM-20120910-1
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Presidencia y Justicia
1ORDEN de 20 de agosto de 2012, por la que se regula la tasa por expedición de cer-
tificados de los cursos de formación de empleados públicos.
Mediante Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, se aprobó el Texto Refundi-
do de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
La disposición final primera, párrafo segundo, del citado texto legal faculta a los Con-
sejeros competentes por razón de la materia para aprobar, previo informe favorable de la
Consejería competente en materia de hacienda, la forma, plazos de ingreso, modelos de im-
preso y normas de desarrollo que sean necesarias para la gestión, liquidación y recaudación
de todas las tasas reguladas en el título IV de la norma.
La Ley 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de Medidas Urgentes de Racionalización del
Gasto Público e Impulso y Agilización de la Actividad Económica, ha creado la tasa por
expedición de certificados de cursos de formación de empleados públicos de la Comunidad
de Madrid.
En consecuencia, con la presente Orden se trata de articular el instrumento que ha de re-
gular esta tasa. En virtud de cuanto antecede, vistos los artículos 41 y 50.3 de la Ley 1/1983,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en uso de las competencias con-
feridas por el artículo 2 del Decreto 6/1999, de 21 de enero, y previo el informe preceptivo
establecido en la disposición adicional primera del citado Decreto,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento para la gestión, liqui-
dación y recaudación de la tasa por expedición de certificados de cursos de formación de
empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Liquidación
El ingreso de la tasa se realizará mediante autoliquidación del sujeto pasivo correspon-
diente, en el momento en que este formule la solicitud de expedición del título o certifica-
do en cuestión.
Artículo 3
Tarifas
La tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas establecidas en el artículo 442 del Texto Re-
fundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, en redacción dada al mismo por la Ley 4/2012,
de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2012, y de Medidas Urgentes de Racionalización del Gasto Público e Empulso y
Agilización de la Actividad Económica, siendo objeto de actualización conforme se establez-
ca en las sucesivas Leyes que pudieran modificar el importe de las mismas.
Artículo 4
Impreso a utilizar
1. Los sujetos pasivos de la tasa ingresarán el importe correspondiente mediante el do-
cumento normalizado 030 que se acompaña como Anexo a la presente Orden.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR