ORDEN 209/2009, de 23 de enero, de la Consejería de Educación, por la que se establecen los servicios mínimos esenciales en las Escuelas Infantiles de gestión directa e indirecta, centros públicos de Educación Infantil y Primaria y Casas de Niños de titularidad de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La organización sindical CGT ha convocado dos jornadas de huelga para los días 27 y 28 de enero de 2008 para todos los/as trabajadores/as del nivel educativo correspondiente a la Educación Infantil de los centros educativos no universitarios públicos: Escuelas Infantiles tanto de gestión directa como indirecta, Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y Casas de Niños dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

Con la finalidad de garantizar el derecho a la educación contenido en el artículo 27 de la Constitución española y su armonización con el derecho de huelga, se establecen por la presente Orden los servicios mínimos esenciales para posibilitar el acceso y permanencia de los usuarios a los Centros Educativos.

El seguimiento de esta huelga, sin la determinación anticipada de una prestación mínima del servicio público educativo, podría generar graves perjuicios al derecho a la educación del alumnado. Asimismo, es preciso señalar la temprana edad de los escolares y su evidente falta de autonomía, lo que configura a los centros objeto de la presente huelga como centros docentes que no sólo garantizan la satisfacción de los aspectos educativos, sino también las necesidades de movilidad, higiene, manutención y otros cuidados mínimos indispensables para la salubridad y seguridad de los niños de edades entre cero y seis años, cuya asistencia y permanencia en el Centro durante la jornada de huelga no puede garantizarse si no es con la presencia de personal responsable mínimo. Además, las familias cuentan con este servicio para acceder al trabajo, pudiendo resultarles imposible acudir al mismo en caso de que no puedan llevar a sus hijos al centro.

Con el objetivo de acordar con el Comité de Huelga los servicios mínimos a establecer, se ha celebrado una reunión el día 23 de enero de 2009 con los representantes de la Consejería de Educación, en la que no ha sido posible alcanzar un acuerdo sobre los mismos.

En consecuencia, la Consejería de Educación, como autoridad competente, ha acordado establecer los servicios mínimos con los que se han de garantizar los servicios esenciales durante la jornada de huelga de los días 27 y 28 de enero de 2009, de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. Proporcionalidad en relación con los bienes jurídicos constitucionalmente protegidos que resultan afectados por la...

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