ORDEN 1765/2004, de 10 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se convoca la II Edición de los Galardones Juventud de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 1765/2004, de 10 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se convoca la II Edición de los Galardones Juventud de la Comunidad de Madrid.

En virtud del artículo 26.1.24 de su Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de promoción integral de la juventud. Asimismo, el artículo 12.1 del Decreto 75/2002, de 9 de mayo, por el que se establecen las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Educación, modificado por el Decreto 61/2003, de 21 de noviembre, y por el Decreto 227/2003, de 24 de noviembre, establece que corresponden a la Dirección General de Juventud el ejercicio de las funciones de fomento y, en su caso, servicio público para la promoción de la juventud.

Estas previsiones se han desarrollado con la aprobación por la Asamblea de Madrid de la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad deMadrid.

Por otra parte, la Asamblea de Madrid instó en la anterior legislatura al Gobierno regional a establecer unos premios que distingan los servicios prestados y actuaciones relevantes llevadas a cabo por personas, asociaciones, instituciones yentidades públicas o privadas en materia de juventud.

En su virtud, y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Se convoca la segunda edición de los Galardones Juventud correspondientes al año 2004.

Segundo

La convocatoria se regirá por las bases que figuran como Anexo a la presente Orden.

Tercero

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de mayo de 2004.

El Consejero de Educación, LUIS PERAL GUERRA

ANEXO

BASES DE LOS GALARDONES JUVENTUD 2004

Primera

Los premios se otorgarán en las cinco modalidades siguientes:

  1. Formación.

  2. Empresa.

  3. Periodismo.

  4. Acción Social.

  5. Medio Ambiente. Segunda

    La selección de las candidaturas en cada área se realizará de conformidad con los siguientes criterios:

  6. Formación.

    1. Trayectoria académica, elaboración de investigaciones o estudios, publicación de libros o artículos académicos, conferencias, ponencias y comunicaciones, realizadas con temas educativos.

    2. Labor formativa en los diversos niveles educativos desarrollando innovaciones y mejoras en la educación.

    3. Trayectoria formativa en temas relacionados con la educación no formal y la formación de los jóvenes.

  7. Empresa.

    1. Espíritu emprendedor para la creación de...

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