ORDEN 5428/2001, de 26 de noviembre, por la que se convocan ayudas económicas y premios para la realización de proyectos de innovación educativa.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en los artículos 55 y 57, establece que la innovación educativa constituye un elemento interno de la calidad de la educación.

En el proceso enseñanza-aprendizaje, la calidad depende, en gran medida, de la capacidad de sus profesores y del sistema educativo para renovarse, de acuerdo con las nuevas demandas sociales, con la evolución permanente del alumnado, y con los avances constantes tanto científicos como tecnológicos y didácticos.

El Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo de la Comunidad de Madrid, firmado el 19 de enero de 1999, reconoce la importancia de la formación continua y permanente del profesorado y de la innovación educativa como instrumentos facilitadores de la actualización y adaptación de sus profesores a las nuevas exigencias educativas.

La Consejería de Educación, teniendo en cuenta las necesidades especiales derivadas de la nueva realidad educativa y social, pero sin perder de vista que el avance imparable de la ciencia y la irrupción arrolladora de las nuevas tecnologías han cambiado las interacciones de los agentes educativos, constituyendo, sin duda, los parámetros fundamentales que van a permitir al profesorado responder a los nuevos retos profesionales y a las nuevas exigencias sociales, se propone arbitrar medidas que contribuyan al desarrollo de procesos de calidad de la enseñanza, que proporcionen al profesorado materiales didácticos y métodos que faciliten la práctica docente.

En este contexto, la Consejería de Educación ha venido convocando en los últimos años ayudas económicas y premios para la realización de proyectos de innovación educativa.

En la presente convocatoria y de acuerdo con las líneas prioritarias de formación señaladas para el curso 2001/2002, tendrán carácter preferente los proyectos que proporcionen alternativas innovadoras de calidad para el tratamiento de la diversidad teniendo como referencia el respeto a las diferencias a la interculturalidad y a la no-violencia, la dimensión europea de la educación y la utilización de las tecnologías de la información y comunicación.

A tal fin y en su virtud

DISPONGO

  1. Objeto, asignación económica y características de la convocatoria

    1. Objeto

      Se convocan ayudas económicas dirigidas a centros educativos que durante el curso 2001/2002 realicen proyectos de innovación relevantes para la calidad educativa y premios a los mejores proyectos desarrollados.

      La percepción de esta ayuda será compatible con cualquier otra que los centros puedan percibir para este mismo fin, siempre y cuando la suma de todas ellas no supere el 100% del coste de la actividad.

    2. Asignación económica

      El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria será de 114.192,2 euros desglosados de la siguiente forma:

      Fase Primera: Ayudas para la realización de proyectos: 90.151,82A

      Fase Segunda: Premios y menciones: 24.040,48A

      Con cargo a la Partida 48500 del Programa Económico 509, imputándose la totalidad del presupuesto al ejercicio económico del 2002, estando condicionada la mencionada financiación a la aprobación del correspondiente presupuesto y la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo.

    3. Características de la convocatoria

      Esta convocatoria pretende fomentar las iniciativas innovadoras de los centros escolares mediante las siguientes acciones:

      ¾ Concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de innovación.

      ¾ Certificación de la participación, en créditos de formación, al profesorado implicado.

      ¾ Concesión de 3 premios y 5 menciones a las mejores experiencias subvencionadas, una vez concluido el desarrollo de las mismas.

      ¾ Publicación y difusión de las experiencias que han obtenido premio.

      El órgano instructor del expediente de concesión será la Dirección General de Ordenación Académica.

      Fase Primera: Ayudas para la realización de proyectos

  2. Destinatarios y requisitos

    1. Destinatarios

      Podrán solicitar estas ayudas los centros educativos, de titularidad pública y privados concertados, que impartan las enseñanzas reguladas en la LOGSE y que realicen proyectos de innovación educativa en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

    2. Requisitos

      1. Elaboración de un proyecto de innovación acompañado de un presupuesto de ingresos y gastos. Estará realizado y presentado por un grupo de profesores de un mismo centro educativo, avalado por un mínimo de cuatro miembros del Claustro.

      2. Aprobación del Consejo Escolar del centro o por el correspondiente órgano que lo sustituya.

      3. Que el proyecto sea original, no publicado y no subvencionado con anterioridad.

  3. Solicitudes, documentación y plazo de presentación

    1. Solicitudes

      Los centros educativos que deseen tomar parte en la presente convocatoria dirigirán la solicitud al excelentísimo señor Consejero de Educación (según Anexo I).

    2. Documentación a presentar con la solicitud

      1. Proyecto de innovación que se pretende realizar con el correspondiente presupuesto de ingresos y gastos, de acuerdo con el Anexo II.

      2. Certificado de la aprobación del Consejo Escolar o del correspondiente órgano competente, según Anexo III.

      3. Declaración jurada del coordinador/a donde se ratifique que el proyecto es original, que no ha sido publicado ni subvencionado con anterioridad, según Anexo IV.

      Tanto la solicitud como la documentación complementaria deben presentarse por duplicado en los registros de las Direcciones de Área Territorial, en el registro de la Consejería de Educación (Gran Vía, número 3, 28014 Madrid) o en los lugares que determina el artículo 38.4. de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Referencia: Dirección General de Ordenación Académica; Área de Formación del Profesorado "Proyectos de Innovación Educativa".

      Cuando la documentación se remita por correo, se presentará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de proceder a su notificación.

      La presente convocatoria se encuentra a disposición del solicitante en la dirección de Internet: www.madrid.org/sfp

      Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42...

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