ORDEN 4079/2003, de 21 de julio, del Consejero de Educación, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de actividades de difusión y divulgación científicas, en el marco del Programa de Cultura Científica y Participación Ciudadana de la Dirección General de Investigación, a exponer en la V Feria Madrid...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 4079/2003, de 21 de julio, del Consejero de Educación, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de actividades de difusión y divulgación científicas, en el marco del Programa de Cultura Científica y Participación Ciudadana de la Dirección General de Investigación, a exponer en la V Feria Madrid por la Ciencia.

En el marco del Programa de Cultura Científica y Participación Ciudadana, la Consejería de Educación propone la realización de una V Feria Madrid por la Ciencia, con los siguientes objetivos: Difundir la cultura científica y la investigación actual mediante una acción festiva y motivadora; comunicar la ciencia que se realiza en los Centros docentes a través de sus actores principales, alumnos, profesores e investigadores; estimular el interés y la curiosidad por la ciencia mediante la observación, la experimentación y el análisis; mostrar cómo la ciencia influye en el desarrollo económico, fomentando la competitividad de las empresas a través de la innovación tecnológica. En definitiva, acercar la ciencia a las personas para que la perciban como algo propio.

De conformidad con lo anterior y de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa:

- Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

- Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995.

- Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, así como las demás normas de general aplicación.

DISPONGO

Artículo 1

Finalidad de la convocatoria

1.1. El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva adjudicándose mediante concurso, de cuarenta y cinco ayudas económicas para financiar actividades de difusión y divulgación científicas a ejecutar en la V Feria Madrid por la Ciencia, organizada por la Dirección General de Investigación y a celebrar el sábado, domingo, lunes y martes días 27, 28, 29 y 30 de marzo de 2004, en Madrid.

1.2. Los proyectos de participación a que se refiere esta convocatoria versarán sobre aspectos científicos y técnicos tanto en ciencias experimentales como en humanísticas y sociales, que aporten elementos divulgativos o educativos, que utilicen como método el trabajo de equipo, y que puedan adaptarse a las condiciones de exposición ferial.

El stand ha de ser interactivo con experimentos, técnicas, prácticas y experiencias científicas, simulaciones, demostraciones, presentaciones multimedia u otros procedimientos que favorezcan la dinámica interactiva.

Se entiende por stand interactivo aquel en el que el público visitante descubra y comprenda, mediante la propia manipulación y/o construcción, los fundamentos científicos de las experiencias presentadas.

1.3. Para la presente convocatoria, se propone que una de las áreas temáticas esté basada en el período histórico del Renacimiento. Para ello, se seleccionarán diez proyectos como máximo, de los cuarenta y cinco seleccionados, que giren en torno a científicos renacentistas y sus aportaciones, tanto los más conocidos por los ciudadanos, como Leonardo da Vinci, Cristóbal Colón, Galileo Galilei, Nicolás Copérnico, Gutemberg, Evangelista Torricelli, Miguel Servet, Giordano Bruno, Paracelso, etcétera, como otros menos famosos pero de gran interés como Andreas Vesalius, Juanelo Turriano, William Harvey, Blasco de Garay, Stering, Gilbert, Cardano, Jerónimo Muñoz, Abraham Zacuto o Tartaglia, por citar algunos ejemplos.

1.4. La Dirección General de Investigación será la instructora de la presente convocatoria.

Artículo 2

Beneficiarios

2.1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente convocatoria Centros educativos de titularidad pública, concertada y privada, que impartan las enseñanzas reguladas en la LOCE -enseñanzas de régimen general: Infantil, primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional, así como las de régimen especial: Enseñanzas artísticas, idiomas y deportivas-dentro de la Comunidad de Madrid.

2.2. El modo de participación se desarrollará mediante equipos de trabajo compuestos por uno, dos o como máximo tres profesores y un máximo de veinticinco alumnos por cada stand propuesto. Los equipos pueden combinar personas de dos Centros distintos siempre que respeten los números máximos (tres profesores/veinticinco alumnos). En todos los casos, uno de los profesores, el firmante del Anexo I, actuará como responsable del equipo y serán los propios alumnos los que expondrán y ejecutarán directamente las actividades en el stand de la Feria.

2.3. En el caso de proyectos correspondientes a alumnos de enseñanza infantil o primer ciclo de primaria el equipo de trabajo podrá estar compuesto de un máximo de cuatro profesores e igualmente un máximo de veinticinco alumnos por cada stand propuesto. Los equipos pueden combinar personas de tres Centros distintos siempre que respeten los números máximos (cuatro profesores/veinticinco alumnos).

Artículo 3

Cuantía de las ayudas

3.1. Las ayudas previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos...

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