DECRETO 144/2002, de 1 de agosto, por el que se concede la dispensa solicitada por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de la obligación de prestar el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos a raíz del convenio suscrito entre la Comunidad de Madrid y dicho Ayuntamiento.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid autorizó, mediante Acuerdo de 18 de julio de 2002, la firma del Convenio entre esta Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz como consecuencia de la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento, sobre la prestación del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos.

Una vez celebrado el mencionado convenio en los términos señalados en el artículo 31 de la Ley 14/1994, de 28 de diciembre, por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 198/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, procede la concesión de la dispensa, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de dicho artículo y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, el Consejero de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 1 de agosto de 2002,

DISPONGO

Artículo 1

Se concede la dispensa solicitada por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de la obligación de prestar el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos a raíz del Convenio suscrito entre la Comunidad de Madrid y dicho Ayuntamiento, debiendo contribuir a su funcionamiento en los términos y condiciones expresados en dicho Convenio, que figura como anexo a este Decreto.

Artículo 2

A partir de la entrada en vigor de este Decreto, quedan traspasados a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo que se establece en el Convenio suscrito, el personal y los medios materiales que figuran en los anexos de dicho convenio.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Primera

A partir de la entrada en vigor de este Decreto, quedan adscritos a la Consejería de Medio Ambiente las funciones, servicios, bienes, derechos, personal, documentación y expedientes que han sido transferidos como consecuencia del referido Convenio entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Segunda

Las Consejerías de Hacienda y Medio Ambiente dictarán las disposiciones necesarias para la...

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