ORDEN 234/1999, de 21 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se modifica la Orden 4985/1996, de 9 de agosto, por la que se regula el programa de Ayudas dirigidas a la rehabilitación de polígonos industriales.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La experiencia adquirida en la gestión de la Orden 4985/1996 a través de sus tres años de vigencia, las sucesivas demandas de los Ayuntamientos en torno a determinados requisitos que la citada Orden comporta, así como la sentencia del Tribunal Constitucional 166/1998, de 15 de julio, relativa al afianzamiento por medio de avales de los Ayuntamientos ante otras instituciones, hacen necesario modificar determinados aspectos de la Orden 4985/1996.

Por ello:

DISPONE

Artículo 1

Se modifica el artículo 2, párrafo 1, de la Orden 4985/1996, de 9 de agosto, que quedará redactado de la forma siguiente:

Ambito de Actuación

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía y Empleo, concederá, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en sus presupuestos generales, ayudas en forma de subvención a actuaciones que promuevan la rehabilitación y/o dinamización de áreas industriales ubicadas en la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Se modifica el artículo 8 relativo a la "presentación de solicitudes" que quedará redactado de la siguiente forma:

Las solicitudes de subvención se presentarán en el registro de la Consejería de Economía y Empleo, calle Príncipe de Vergara, 132, de Madrid o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para el ejercicio presupuestario de 1999, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la entrada en vigor de la presente Orden.

El expediente de solicitud se iniciará con la presentación de la siguiente documentación:

- Instancia dirigida al Consejero de Economía y Empleo, acompañada de un resumen de datos básicos que incluyan la declaración de ayudas concedidas o solicitadas para el mismo pro-

yecto ajustado a un impreso normalizado que facilitará la Dirección General de Economía y Planificación.

- Proyecto de obra, visado por la Oficina Municipal de Supervisión de Proyectos, en su caso.

- Se acompañará certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del acuerdo del Pleno o de la Comisión de Gobierno favorable a la solicitud. Para el caso del Ayuntamiento de Madrid, la certificación será realizada por el Organo que haya tomado la decisión de acudir a las ayudas de acuerdo con las competencias que en el ámbito territorial o sectorial posean.

- Memoria que contenga los aspectos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR