ORDEN 604/2002, de 21 de junio, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se designan las Asociaciones, Federaciones de Asociaciones, Fundaciones, Entidades y Centros sin fin de lucro de Personas con Discapacidad, que deben aportar representantes al Consejo Asesor de Personas con Discapacidad.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
El Decreto 276/2000, de 28 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 10, de 12 de enero de 2001), por el que se crea y regula el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, dispone en su artículo 4.d) que formarán parte, como vocales de dicho Consejo, ocho representantes de Asociaciones, Federaciones de Asociaciones, Fundaciones, Entidades y Centros sin fin de lucro: tres por las de personas con discapacidad física; tres por las de personas con discapacidad psíquica; y dos por las de personas con discapacidad sensorial.
Asimismo, el artículo 5 de dicho Decreto establece que los vocales representantes del colectivo de personas con discapacidad serán nombrados por el titular de la Consejería de Servicios Sociales, a propuesta de las Asociaciones, Federaciones de Asociaciones u otras organizaciones representativas, de ámbito autonómico, legalmente constituidas, previa convocatoria pública.
Por Orden 1705/2001, de 18 de septiembre, de la Consejería de Servicios Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 237, de 5 de octubre), se procedió a la convocatoria del proceso selectivo para la designación de los correspondientes vocales. En ejecución de lo establecido en los artículos 6.2 y 9 de la referida Orden, la Comisión de Valoración elevó a la Dirección General de Servicios Sociales la oportuna propuesta de Resolución, que se hizo pública mediante la Resolución 5369/2002, de 7 de mayo, de la Directora de Servicios Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 22 de mayo).
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