ORDEN 127/2007, de 13 de julio, del Consejero de Economía y Consumo, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de fundaciones de la Consejería de Economía y Consumo.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Economía y Consumo
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, la titularidad del protectorado en el ámbito de cada Consejería corresponde al Consejero, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia.

A los efectos de agilizar la gestión administrativa y la toma de decisiones relativas a las fundaciones, se considera conveniente desconcentrar la titularidad y el ejercicio de las competencias del Protectorado de Fundaciones de esta Consejería de Economía y Consumo en el titular de la Secretaría General Técnica.

A tal fin, de conformidad con lo previsto en los artículos 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 28.4 de la Ley 1 /1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Atribuir al titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de Fundaciones de la Consejería de Economía y Consumo.

Segundo

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su...

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