ORDEN 581/2003, de 18 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se desarrolla la regulación de la Tasa de Autorización Ambiental Integrada.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN 581/2003, de 18 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se desarrolla la regulación de la Tasa de Autorización Ambiental Integrada.

La Ley 13/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, establece en el apartado 'Nueve' de su artículo 5, por el que se modifica parcialmente el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, la creación de la Tasa de Autorización Ambiental Integrada, regulada en el capítulo LXII, artículos 316 a 319 de dicha Ley.

La Disposición Final Segunda, apartado b), de la Ley 13/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, establece que se faculta al Consejero de Medio Ambiente para aprobar, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda, la forma, plazos de ingreso, modelos de impreso y normas de desarrollo que sean necesarias para la gestión, liquidación y recaudación de la Tasa de Autorización Ambiental Integrada.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas a esta Consejería de Medio Ambiente, y previo informe favorable de la Consejería de Hacienda,

DISPONGO

Artículo 1

Los sujetos pasivos de la Tasa de Autorización Ambiental Integrada, simultáneamente a la presentación de la solicitud, practicarán la autoliquidación, y efectuarán el pago en la Entidad Colaboradora que se designe, o mediante la utilización de los medios que se dispongan para hacer efectivo el cobro.

Artículo 2

Se aprueba el modelo 030 de autoliquidación que figura como Anexo I a esta Orden.

Dicho impreso deberá cumplimentarse en todos sus apartados. El mismo será proporcionado por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, quien tiene encomendada la gestión, liquidación y recaudación de la tasa.

Asimismo, dicho modelo podrá obtenerse por Internet, en la página web de la Comunidad de Madrid 'www.madrid.org', dentro del acceso a 'Información y Gestión 012', situándose dentro de 'Gestión Electrónica' en 'Tasa y Precios Públicos'.

Igualmente, podrá obtenerse el modelo 030 en Intranet, accediendo a 'Réplica madrid.org', situándose posteriormente en 'Información y Gestión 012', 'Gestión electrónica' y, por último, en 'Tasas y Precios Públicos'.

Artículo 3

Los impresos, debidamente cumplimentados, con sus...

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