Estatutos Empresas Públicas– Decreto 95/2010, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican los Decretos por los que se aprueban los estatutos de las Empresas Públicas Hospital de Fuenlabrada, Hospital del Sur, Hospital del Norte, Hospital del Sureste, Hospital del Henares, Hospital del Tajo y Hospital de Vallecas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2011
SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

La Ley 13/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, crea la Empresa Pública con forma de Entidad de Derecho Público Hospital de Fuenlabrada, configurada como una Entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 2.2.c.2 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, con el objeto de llevar a cabo la gestión y administración del Hospital de Fuenlabrada y prestar asistencia sanitaria especializada a las personas incluidas en el ámbito geográfico y poblacional que le sea asignado, así como aquellas otras funciones específicas que, relacionadas con su objeto, le sean encomendadas.

La Ley 4/2006, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, crea las Empresas Públicas Hospital del Sur, Hospital del Norte, Hospital del Sureste, Hospital del Henares, Hospital del Tajo y Hospital de Vallecas, configuradas como Entidades de Derecho Público de las previstas en el artículo 2.2.c.2 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, con el objeto de llevar a cabo la gestión y administración del Hospital del Sur, Hospital del Norte, Hospital del Sureste, Hospital del Henares, Hospital del Tajo y Hospital de Vallecas, respectivamente, y prestar asistencia sanitaria en los términos establecidos en dicha Ley a la población que les sea asignada, así como aquellas otras funciones específicas que, relacionadas con su objeto, le sean encomendadas.

Mediante Decreto 196/2002, de 26 de diciembre, se aprueban los Estatutos del Ente Público Hospital de Fuenlabrada, estableciendo en su artículo 24 que la actividad a desarrollar por el Ente Público Hospital de Fuenlabrada, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado por la Consejería de Sanidad.

Mediante Decreto 111/2007, de 2 de agosto, se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Hospital del Sur, estableciendo en su artículo 20 que la actividad a desarrollar por la Empresa Pública Hospital del Sur, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado de conformidad con los criterios y directrices formuladas por la Consejería de Sanidad.

Mediante Decreto 112/2007, de 2 de agosto, se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Hospital del Norte, estableciendo en su artículo 20 que la actividad a desarrollar por la Empresa Pública Hospital del Norte, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado de conformidad con los criterios y directrices formuladas por la Consejería de Sanidad.

Mediante Decreto 113/2007, de 2 de agosto, se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Hospital del Sureste, estableciendo en su artículo 20 que la actividad a desarrollar por la Empresa Pública Hospital del Sureste, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado de conformidad con los criterios y directrices formuladas por la Consejería de Sanidad.

Mediante Decreto 114/2007, de 2 de agosto, se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Hospital del Henares, estableciendo en su artículo 20 que la actividad a desarrollar por la Empresa Pública Hospital del Henares, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado de conformidad con los criterios y directrices formuladas por la Consejería de Sanidad.

Mediante Decreto 115/2007, de 2 de agosto, se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Hospital del Tajo, estableciendo en su artículo 20 que la actividad a desarrollar por la Empresa Pública Hospital del Tajo, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado de conformidad con los criterios y directrices formuladas por la Consejería de Sanidad.

Mediante Decreto 116/2007, de 2 de agosto, se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública Hospital de Vallecas, estableciendo en su artículo 20 que la actividad a desarrollar por la Empresa Pública Hospital de Vallecas, se adecuará a un Contrato-Programa, elaborado de conformidad con los criterios y directrices formuladas por la Consejería de Sanidad.

En dichos Contratos-Programa se recoge la planificación de la actividad sanitaria general a desarrollar por los Entes Públicos, obligándose a ofrecer a la población de referen-

cia las prestaciones comunes del Sistema Nacional de Salud, que, en cualquier momento, se puede modificar en función de variables asistenciales, económicas o de otro tipo. También se establece la financiación que percibirán dichos Entes Públicos por la prestación de los servicios sanitarios que tengan encomendados.

La Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de Empresas Públicas que operan en determinadas circunstancias ha venido a regular determinados aspectos contables de las empresas que son de aplicación obligatoria a todas las entidades integrantes del sector público empresarial estatal, autonómico o local, cualquiera que sea su naturaleza jurídica. Por lo tanto, afecta a la financiación para la prestación, prevista en los Contratos-Programa, de la asistencia sanitaria incluida dentro de las prestaciones comunes del Sistema Nacional de Salud, al financiarse los gastos generales en que incurren el Ente Público y las Empresas Públicas para la prestación de esa asistencia sanitaria y no una actividad concreta.

Por otro lado, debido a la experiencia acumulada, la práctica adquirida y en aras de una mayor eficacia de su funcionamiento...

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