DECRETO 316/2019, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se determinó el número y denominación de las Consejerías. En el mencionado decreto se incluye la creación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, y se establece que le corresponden las competencias que hasta entonces tenía atribuidas la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Posteriormente, mediante Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se ha modificado la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Como consecuencia de ello, mediante el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

Con el presente decreto se modifica la distribución competencial realizada mediante el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, en relación con el ejercicio de la potestad sancionadora, para hacerla coincidir con lo dispuesto en el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En particular, se suprime el contenido que recogía el artículo 6.1.h), al que se le dota de una nueva redacción relativa a las unidades mínimas de cultivo, y que hacía referencia al ejercicio de la potestad sancionadora por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, cuando el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, atribuye de manera expresa las funciones de inspección y disciplina a la Dirección General de Economía Circular, procedentes de la extinta Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

Asimismo, se recoge en este decreto una mayor concreción de las funciones de la Dirección General de Economía Circular dentro de sus competencias de carácter general, como es “La promoción y difusión de los principios y objetivos de la economía circular”, así como en las relativas a materia de calidad ambiental y economía circular y las de inspección y disciplina ambiental. De igual manera, se modifica la denominación de la Subdirección General de Residuos para recoger de manera más adecuada el ámbito de actuación de la misma, toda vez que tiene atribuidas funciones en materia de calidad hídrica.

Por otra parte, se encuadra en la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, así como en la de Biodiversidad y...

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