DECRETO 30/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 84/2018, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, establece, con carácter básico, un nuevo régimen jurídico de los consorcios, profundizando en la reforma ya iniciada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En dicho régimen se adscriben los consorcios a las Administraciones Públicas territoriales, conforme a los criterios establecidos en el artículo 120.

En aplicación de lo establecido en el mismo, diecinueve consorcios urbanísticos, figura prevista en el artículo 76 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedan adscritos esta Administración. No obstante, debido a los años transcurridos, así como a la pluralidad de municipios con los que se han constituido, se ha generado una gran diversidad de formas de gestión, configuración y determinación de la adscripción de los mismos.

En la actualidad, la adscripción de casi todos ellos, relacionados en el artículo 3.4 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, se realiza a través de la Consejería competente en materia de Urbanismo, hoy la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, cuya estructura orgánica está prevista en el Decreto 84/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, que es la que desarrolla las competencias de gestión sobre los mismos.

Esta adscripción implica el desarrollo de una actividad de gestión, tutela y control administrativo, patrimonial, financiero y contable de los consorcios. Asimismo, requiere gestionar el patrimonio resultante de los consorcios urbanísticos adjudicado a la Comunidad de Madrid y finalizar el desarrollo del ámbito de actuación urbanística de aquellos que se hayan disuelto como consecuencia del ejercicio del derecho de separación o por falta de viabilidad. Por último supone la gestión de las aportaciones de la Comunidad de Madrid a dichas entidades.

Con la presente modificación se pretende adecuar la gestión administrativa a la económica.

Por su parte, en la disposición adicional primera del Decreto 84/2018, de 5 de junio, Administración Institucional, se incluye como adscrita a la consejería, la empresa pública Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid, Sociedad Anónima GEDESMA.

No obstante, la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, en su disposición adicional vigesimosexta, relativa a la extinción de la...

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