DECRETO 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad se creó por Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, cuyo artículo 6 atribuye a dicho departamento las competencias que hasta ese momento ostentaba la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, con excepción de las relativas a la materia de hacienda y estadística.

Mediante Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se modificaron las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, hasta el nivel de dirección general y se determinaron los entes y organismos adscritos a cada una de ellas.

Las modificaciones orgánicas y funcionales introducidas hacen necesaria la aprobación del presente Decreto para definir las competencias de cada centro directivo, establecer su estructura hasta el nivel orgánico de subdirección general y adecuar la relación de entes y órganos colegiados adscritos a la Consejería.

En la elaboración del texto se han respetado los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: el principio de necesidad por cuanto, como se ha dicho, se requiere este Decreto para completar la definición de la organización y las competencias de la Consejería; los principios de proporcionalidad y eficacia, puesto que se establece la estructura mínima para garantizar el adecuado desarrollo de las competencias atribuidas a la Consejería; y el principio de seguridad jurídica, ya que el texto es coherente con el resto del ordenamiento jurídico.

Se han recabado todos los informes preceptivos y, en particular, el informe de calidad y coordinación normativa de la Consejería de Presidencia y el informe de la Consejería de Hacienda y Función Pública. Asimismo, se ha remitido el proyecto a todas las secretarias generales técnicas, para su análisis y posible formulación de observaciones. No resultan preceptivos los trámites de consulta previa ni de audiencia e información pública al tratarse de una norma de carácter organizativo.

En su virtud, de conformidad con los artículos 21 y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad y previa deliberación en su reunión del día 12 de noviembre de 2019,

DISPONE

Capítulo I Artículos 1 y 2

Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

Artículo 1

Competencias del titular de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

  1. El titular de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad ejercerá las competencias que le otorgan como jefe del departamento el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en las siguientes materias: planificación económica, fomento del desarrollo económico, industria, energía, minas, comercio, consumo, autónomos, economía social, trabajo y empleo, responsabilidad social de las empresas y prevención de riesgos laborales.

  2. Las competencias atribuidas al titular de la Consejería podrán ser desconcentradas, mediante orden, en otros órganos jerárquicamente dependientes.

Artículo 2

Órganos de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, bajo la superior dirección de su titular, tendrá la siguiente estructura orgánica:

  1. Viceconsejería de Economía y Competitividad, integrada por:

    a) Dirección General de Economía y Competitividad.

    b) Dirección General de Industria, Energía y Minas.

    c) Dirección General de Comercio y Consumo.

    d) Dirección General de Autónomos.

  2. Viceconsejería de Empleo, integrada por:

    a) Dirección General de Trabajo.

    b) Dirección General del Servicio Público de Empleo.

    c) Dirección General de Formación.

  3. Secretaría General Técnica.

Capítulo II Artículos 3 a 11

Viceconsejería de Economía y Competitividad

Artículo 3

Competencias de la Viceconsejería de Economía y Competitividad

La Viceconsejería de Economía y Competitividad ejercerá las competencias previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y bajo la dirección del titular de la Consejería, la directa responsabilidad de la ejecución de las actuaciones de la Consejería en la materia de fomento del desarrollo económico, política económica, relación con inversores, desarrollo de colaboraciones público-privadas, defensa de la competencia y unidad de mercado, industria, energía, minas, comercio y consumo, autónomos y economía social, así como responsabilidad social, sin perjuicio de las atribuidas a la Viceconsejería de Empleo.

Artículo 4

Competencias de la Dirección General de Economía y Competitividad

Corresponden a la Dirección General de Economía y Competitividad, con carácter general, las competencias a que se refiere el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y demás normativa aplicable y, en particular, las siguientes:

  1. En el ámbito del análisis y desarrollo económico:

    a) El seguimiento de la economía regional y de la coyuntura económica.

    b) La elaboración de previsiones de los principales indicadores coyunturales de actividad para la economía madrileña.

    c) El desarrollo y la adaptación de instrumentos orientados a la previsión y al seguimiento de la coyuntura económica.

    d) El estudio, la formulación y la coordinación de las líneas fundamentales de la política económica regional, así como el diseño y seguimiento de los programas y planes de desarrollo económico regional.

    e) La identificación de sectores estratégicos y la elaboración y definición de políticas económicas sectoriales.

    f) La elaboración, promoción y difusión de estudios e investigaciones sobre la realidad socioeconómica regional y de sectores y/o segmentos de la misma.

    g) La gestión, la ejecución, el control y la evaluación de programas regionales coordinados con los programas comunitarios en materia de desarrollo económico que afecten a la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.

    h) La elaboración del informe previo y el apoyo a la ejecución de inversiones públicas con financiación privada, incluyendo el estudio del informe de viabilidad económico-financiera, así como los efectos de dichas inversiones en términos de contabilidad nacional. Además, el informe de las propuestas de restablecimiento del equilibrio económico-financiero de estos contratos. Todo lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones que puedan corresponder a otros centros directivos.

    i) El análisis y, en su caso, el informe de proyectos de inversión singulares en la Comunidad de Madrid promovidos por su Administración, por la iniciativa privada o por ambos conjuntamente.

    j) La participación, mediante la emisión del informe correspondiente, en el proceso de formación de los instrumentos de ordenación territorial en aquellas determinaciones de trascendencia económica con repercusión e incidencia en la economía regional.

    k) El impulso del desarrollo integrado y equilibrado de las distintas zonas de la comunidad y el fomento, desarrollo y apoyo de la consolidación de aquellas actividades económicas de mayor importancia estratégica para el futuro del sistema productivo de la Comunidad de Madrid, así como el informe de los proyectos de alcance regional previstos en la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, que contribuyan a incrementar las inversiones empresariales, el mantenimiento del empleo y la creación de nuevos puestos de trabajo.

  2. En el ámbito de la promoción empresarial, la competitividad, la internacionalización y captación de inversiones.

    a) El impulso y la coordinación de las iniciativas orientadas a la mejora del clima de negocios, en coordinación con las diferentes Consejerías.

    b) La promoción y colaboración en la atracción de inversiones a la Comunidad de Madrid.

    c) El diseño, el desarrollo y la coordinación de programas para el fomento, el crecimiento y la consolidación de la empresa madrileña.

    d) La promoción y el fomento de políticas y programas ligados a la internacionalización de la empresa madrileña y los sectores económicos.

    e) El desarrollo de programas para el fomento de la digitalización de la empresa madrileña, sin perjuicio de las competencias que en esta materia correspondan a la Dirección de Área de Transformación Digital.

    f) El diseño, desarrollo y control de actuaciones dirigidas a mejorar y promover el acceso a la financiación por parte de las empresas madrileñas.

    g) La colaboración y promoción de la actividad empresarial a través del apoyo a proyectos de inversión, modernización y cooperación.

    h) El apoyo a los proyectos de cooperación interempresarial y los proyectos colectivos de empresas.

    i) El estudio y la emisión de informe sobre todas aquellas iniciativas que afecten o estén relacionadas con la internacionalización de la economía madrileña y la atracción de inversiones impulsadas por otras Consejerías.

    j) Cualquier otra que se atribuya, delegue o encomiende por el Gobierno en el ámbito de estas competencias.

  3. En el ámbito de la promoción y defensa de la competencia y la garantía de la unidad de mercado.

    a) La incoación, instrucción y elevación a la autoridad de ámbito estatal de los expedientes en materia de defensa de la competencia, así como la ejecución y vigilancia de las resoluciones adoptadas por dicha autoridad en los expedientes instruidos por la dirección general, de conformidad con la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR