DECRETO 158/2018, de 6 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 129/2007, de 20 de septiembre, por el que se regula la promoción y ayuda de la Comunidad de Madrid a los madrileños residentes en el extranjero y se crea el Consejo de la Emigración y el Retorno de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorVICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Madrileños en el Extranjero se creó mediante Decreto 129/2007, de 20 de septiembre, por el que se regula la promoción y ayuda de la Comunidad de Madrid a los madrileños residentes en el extranjero.

De acuerdo con el artículo 6 del citado Decreto, se dictó la Orden de 15 de julio de 2009 por la que se regula la composición de dicho consejo.

Desde la creación del Consejo de Madrileños en el Extranjero, en el año 2007, hasta la actualidad, ha transcurrido más de una década, durante la cual el fenómeno migratorio ha experimentado una profunda transformación, a consecuencia de diversos factores, como la nueva realidad socioeconómica, la mayor movilidad laboral internacional y la creciente globalización, que inciden directamente en la emigración.

Han cambiado los países de destino, el perfil sociológico y las necesidades de los emigrantes, que se ven inmersos sucesivamente en un proceso dinámico no solo de emigración, de salida al exterior, sino también de retorno, de vuelta a su país y su comunidad de origen, en función de la manera en que evolucionan las variables económicas, sociales y laborales.

Hoy se debe prestar atención no solo a quien emigra por razones laborales, sino también al cada vez mayor número de personas que se trasladan a otros países para formarse. Deben tenerse en cuenta las necesidades de quienes llegan a un nuevo destino, pero también de quienes deciden volver a nuestro país por efecto de la recuperación económica, y necesitan reanudar aquí sus vidas.

Se hace necesario dar respuesta a un importante colectivo que, de acuerdo con los datos del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) supera los 360.000 madrileños en el exterior, frente a los 197.545 registrados en el año 2009, repartidos por más de 50 países de todo el mundo, que presentan necesidades comunes derivadas de sus nuevos destinos, pero también problemáticas específicas, como la de los casi 30.000 madrileños que tienen ante sí el fenómeno del brexit y sus posibles consecuencias.

La finalidad de este decreto también es configurar un órgano más representativo, incorporando entre otros miembros, a los Consejos de Residentes en el Extranjero (CREs), órganos consultivos de las oficinas consulares e instrumentos naturales de participación de los emigrantes españoles, que se encuentran presentes en todas las demarcaciones consulares con más de 1.200 electores inscritos en el censo electoral de residentes ausentes (CERA) y que son verdaderos perceptores de las necesidades de la emigración.

Por último, se regula el funcionamiento del Consejo de la Emigración y el Retorno de la Comunidad de Madrid, adaptándolo a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, teniendo en cuenta los principios de economía y eficacia que deben regir los procedimientos en la Administración, se incorpora, entre otras, la posibilidad de convocatoria a través de medios telemáticos, aprovechando las posibilidades que ofrecen las tecnologías de la comunicación.

En resumen, el Consejo de Madrileños en el Extranjero era un órgano cuya estructura se había quedado obsoleta y era poco representativo, pues estaba abierto a la participación únicamente de asociaciones de madrileños en el exterior y sin embargo estaba cerrado a la participación a través de los CREs, órganos naturales de participación de la emigración española.

En definitiva, el órgano que represente esta nueva realidad migratoria no puede, por tanto, ser el mismo que el que se planteó hace más de diez años, y de ahí la necesidad del presente decreto, por lo que se procede a la creación del nuevo Consejo de la Emigración y el Retorno de la Comunidad de Madrid. Un Consejo que se enmarca en las políticas definidas en la Estrategia de Apoyo a la Emigración y al Retorno 2017-2020, aprobada por el Consejo de Gobierno en septiembre de 2017, y entre cuyos objetivos se encuentra promover la comunicación y la participación de los madrileños residentes en el exterior.

Por otra parte, esta regulación cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se justifica en la razón de interés general referida a la necesaria atención a la población madrileña emigrante, mediante la constitución de un nuevo órgano de participación, el Consejo de la Emigración y el Retorno de la Comunidad de Madrid, adecuado a las políticas definidas en la Estrategia de Apoyo a la Emigración y el Retorno 2017-2020, aprobada por el Consejo de Gobierno en septiembre de 2017, que necesariamente ha de efectuarse mediante la modificación del Decreto 129/2007, de 20 de septiembre, que regula el órgano de participación previamente existente; de eficiencia, pues el logro de estos fines conlleva un mínimo coste y de proporcionalidad tanto en cuanto a los medios utilizados por la Administración, como en cuanto a las necesidades de los emigrantes y el esfuerzo de participación que se requiere. El órgano permite que los emigrantes participen y estén en contacto con la Administración de la Comunidad de Madrid, salvando las dificultades que la dispersión de este colectivo por distintos países lleva consigo.

Esta regulación, se dicta al amparo del artículo 26.1.23 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid según el cual, la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de...

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