DECRETO 149/2018, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango de LeyDecreto

La presente modificación del Decreto de estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, tiene por objeto la creación de la Dirección General de Juventud, a la que se atribuyen las competencias en materia de juventud, antes adscrita a la Dirección General de Juventud y Deporte.

Las materias que repercuten en los jóvenes son transversales. Todas las Consejerías ostentan competencias que inciden sobre la juventud. Por eso, se crea una dirección general de juventud que coordine las políticas del Gobierno en esta materia, que aglutine todas las temáticas que inciden en sus necesidades.

Asimismo se modifican las competencias de la Secretaría General Técnica, a los efectos de su adaptación a la vigente normativa en materia de protección de datos.

Como consecuencia de lo anterior se modifica la vigente estructura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, adaptando la misma al nuevo órgano creado y a las competencias atribuidas a los distintos órganos dependientes de dicha Consejería.

En el contenido y tramitación de este Decreto, se han observado los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se trata de una norma que responde a los principios de necesidad y eficacia, no resultando preceptivo el cumplimiento del trámite de audiencia e información pública al tratarse de una norma de carácter organizativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, del Gobierno.

El presente Decreto ha sido tramitado con arreglo al procedimiento dispuesto en el Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las instrucciones generales para la aplicación del procedimiento de iniciativa legislativa y de la potestad reglamentaria prevista en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, siendo emitidos cuantos informes preceptivos se encuentran establecidos.

Se han recabado de los órganos competentes los informes de impacto sobre la familia, la infancia y la adolescencia, de impacto por razón de género, de impacto por razón de orientación sexual e identidad de expresión de género, el informe de calidad normativa y el informe de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos.

El artículo 21.u) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, determina que corresponde al Consejo de Gobierno aprobar, a propuesta del Consejero respectivo, previo dictamen preceptivo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, la estructura orgánica de las diferentes Consejerías, en tanto que el artículo 40 de la citada Ley añade que dicha estructura orgánica se fijará hasta el nivel de Subdirección General.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 9 de octubre de 2018,

DISPONE

Artículo único

Modificación del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

Se modifica el Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, del siguiente modo:

Uno. La Dirección General de Juventud y Deporte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, pasa a denominarse Dirección General de Deportes, creándose una nueva Dirección General de Juventud.

Dos. El apartado 1 del artículo 2, queda redactado en los siguientes términos:

1. Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deportes, a la que se adscriben:

a) Dirección General de Promoción Cultural.

b) Dirección General de Patrimonio Cultural.

c) Dirección General de Turismo.

d) Dirección General de Deportes.

e) Dirección General de Juventud.

f) Registro Territorial de la Propiedad Intelectual.

Tres. “La estructura orgánica de la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deportes es la establecida en el apartado 1 del artículo 2.”

Cuatro. El Capítulo VI que pasa a denominarse Dirección General de Deportes.

Cinco. El artículo 12 pasa a denominarse Dirección General de Deportes y queda redactado en los siguientes términos:

Corresponde a la Dirección General de Deportes, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983,...

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