DECRETO 108/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 84/2018, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

El Decreto 84/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

El artículo 2 del citado decreto prevé, dentro de la estructura básica de la Consejería, al Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para el Cambio Climático y Agenda 2030.

El Comisionado, vinculado al compromiso de la Comunidad de Madrid con el desarrollo sostenible, y con objeto de dar impulso a la puesta en marcha en la Región de los principios recogidos en la Agenda 2030, adoptada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, persigue los objetivos y medidas de desarrollo sostenible vinculados con aspectos ambientales: la gestión sostenible de los recursos naturales de la Comunidad de Madrid; promover la agricultura sostenible; el consumo responsable; la mejora de la calidad del agua y del aire, y proteger los ecosistemas; y la adopción de medidas para hacer frente al cambio climático.

Por este motivo, dada la relevancia de las funciones asumidas, se considera que el citado órgano debe tener rango de Dirección General, modificándose la denominación del cargo para incluir la referencia al desarrollo sostenible: Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para el Cambio Climático y Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

El presente decreto está compuesto por un artículo único relativo a la modificación del Decreto 84/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y tres disposiciones finales.

El decreto se adecúa, tanto en su tramitación como en su contenido, a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se cumplen los principios de necesidad y eficacia, en cuanto, en el sentido enunciado en los párrafos anteriores, se explica la necesidad y fines perseguidos con su aprobación.

Del mismo modo, su adopción responde al principio de proporcionalidad ya que, aprobada la estructura de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, procede modificar la misma con objeto de dar relevancia institucional a la labor desempeñada por el Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para el Cambio Climático y Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica, con la plasmación de la actuación en una norma que será objeto de publicación.

Por lo que respecta al principio de transparencia, queda garantizado con la remisión del proyecto a las diferentes Secretarías Generales Técnicas.

Tras la publicación de la norma, esta quedará a disposición de consulta en la base de legislación de la Comunidad de Madrid contenida en su Portal de...

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