Currículo enseñanzas– Decreto 34/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Plan de Estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyDecreto
MARTES 14 DE JUNIO DE 2011B.O.C.M. Núm. 139 Pág. 97
BOCM-20110614-2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación
2DECRETO 34/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se esta-
blece el Plan de Estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artís-
ticas superiores de Grado en Diseño.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 3.5 establece que
las enseñanzas artísticas superiores tienen rango de enseñanza superior. Dichas enseñanzas,
precisadas en los artículos 54, 55, 56 y 57, están constituidas por los estudios superiores de
música y danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restau-
ración de bienes culturales y los estudios superiores de artes plásticas y diseño. Además, en
el artículo 58 de la citada Ley, se dispone que corresponde al Gobierno de la Nación defi-
nir la estructura y contenidos básicos de las referidas enseñanzas.
En cumplimiento de dicho mandato, se aprobó el Real Decreto 1614/2009, de 26 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores regu-
ladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el se recoge que el ha-
ber académico conducente al cumplimiento de los objetivos previstos en los planes de es-
tudios correspondientes se medirá en créditos del Sistema Europeo de Transferencia de
Créditos (en adelante ECTS), asignándose a cada uno un número de entre veinticinco y
treinta horas. El número total de créditos para cada curso académico queda establecido
en 60, teniendo este una duración mínima de treinta y seis y máxima de cuarenta semanas.
Asimismo, el citado Real Decreto establece, en su artículo 11, que el Gobierno de la Na-
ción definirá el contenido básico al que deben ceñirse los planes de estudios correspondientes.
De conformidad con dicho precepto, para las enseñanzas conducentes a la obtención
del Grado en Diseño se aprobó el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo, por el que se re-
gula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño esta-
blecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En él se dispone que es-
tos planes de estudios se estructuren en cuatro cursos, hasta completar un total de 240
créditos. De estos, un mínimo de 60 créditos corresponderán a formación básica, un míni-
mo de 60 a formación especializada, un mínimo de 6 a prácticas externas, y un mínimo de
6 al trabajo Fin de Grado.
Dado que, de acuerdo con el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo, estas enseñanzas
deben comenzar a impartirse desde el curso 2010-2011, la Comunidad de Madrid ha reali-
zado la implantación del primer curso de estas enseñanzas con la aprobación de la Or-
den 4550/2010, de 27 de agosto, de la Consejería de Educación, por la que se implanta, para
el curso 2010-2011, con carácter experimental, el primer curso de las enseñanzas artísticas
superiores de Grado en Diseño, establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación.
Teniendo en cuenta el artículo 11.2 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, pro-
cede establecer, para la Comunidad de Madrid el plan de estudios definitivo de las enseñan-
zas artísticas superiores de Grado en Diseño, para los cuatro cursos que las conforman, que
se implantará a partir del curso 2011-2012, siendo este el objeto del este Decreto. Dicho
plan de estudios pretende asegurar la formación de profesionales, de nivel superior, cuali-
ficados en el ámbito de las enseñanzas artísticas referidas, mediante la adquisición de las
competencias específicas y el desarrollo de los perfiles profesionales propios para cada una
de las especialidades, según se definen en el Real Decreto 633/2010.
Bajo esta premisa, y en virtud de lo estipulado en el Real Decreto 633/2010, se esta-
blece el plan de estudios de las especialidades de Diseño Gráfico, Diseño de Interiores, Di-
seño de Moda y Diseño de Producto.
También son objeto de regulación los aspectos relacionados con los requisitos de ac-
ceso, con los procedimientos de matrícula y con los criterios de evaluación, calificación,
permanencia y promoción.
Por otra parte, con el fin de potenciar las características singulares propias de cada uno
de los centros que imparten o que, en el futuro, pudieran impartir estas enseñanzas, se esta-
blece que los propios centros sean los encargados de proponer a la Consejería de Educación
MARTES 14 DE JUNIO DE 2011Pág. 98 B.O.C.M. Núm. 139
BOCM-20110614-2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
para su aprobación la oferta de asignaturas optativas. De este modo, cada centro podrá con-
tar con un plan de estudios singular, que le permita profundizar en aquellos aspectos de las
enseñanzas referidas en los que presenten mayores potencialidades.
Por último, para aquellos alumnos que en el curso 2010-2011 hayan cursado el primer
curso experimental de Grado se incluyen las condiciones que garanticen su graduación, en
iguales circunstancias que los que cursen, a partir del curso 2011-2012, el presente plan de
estudios.
En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar
de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de
abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid ha emitido informe
favorable a la implantación del plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de
Grado en Diseño.
En virtud de todo lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Educación, el Consejo
de Gobierno, previa deliberación en su reunión de 2 de junio de 2011,
DISPONE
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. El presente Decreto establece el plan de estudios de las enseñanzas artísticas supe-
riores de Grado en Diseño, cuyo contenido básico está regulado en el Real Decreto 633/2010,
de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas supe-
riores de Grado en Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Edu-
cación.
2. Este Decreto será de aplicación en los centros públicos y privados debidamente
autorizados que ejerzan su actividad e impartan estas enseñanzas en el ámbito territorial de
la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Organización de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño
Las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño constan de las siguientes es-
pecialidades:
Diseño Gráfico.
Diseño de Interiores.
Diseño de Moda.
Diseño de Producto.
Artículo 3
Requisitos de acceso
1. Para el acceso a las enseñanzas oficiales conducentes al título de Graduado en Di-
seño se requerirá cumplir los requisitos académicos establecidos en el artículo 12 del Real
Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, y la superación de la correspondiente prueba especí-
fica a que hace referencia el artículo 5 del Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo.
2. La prueba específica de acceso a estos estudios tendrá como finalidad valorar la
madurez, los conocimientos y las aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento es-
tas enseñanzas y facultará, únicamente, para matricularse en el curso académico para el que
haya sido convocada. Dicha prueba específica tendrá una única convocatoria anual.
3. Para las personas mayores de diecinueve años de edad que no cumplan los requi-
sitos establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, la Con-
sejería de Educación regulará y organizará una prueba que acredite que el aspirante posee
la madurez en relación con los objetivos del Bachillerato y los conocimientos, habilidades
y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas.
De acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo, la superación de
dicha prueba tendrá validez permanente para el acceso a las enseñanzas artísticas superio-
res en todo el territorio nacional.
4. Podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas de Grado en Diseño, sin
necesidad de realizar la prueba específica de acceso, quienes estén en posesión del título de
MARTES 14 DE JUNIO DE 2011B.O.C.M. Núm. 139 Pág. 99
BOCM-20110614-2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, disponiendo estos alumnos de una reserva de
plazas del 15 por 100 de las de nuevo ingreso.
Artículo 4
Plan de estudios del Grado en Diseño
1. Las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño se estructuran en cuatro
cursos, cada uno de los cuales tendrá 60 créditos ECTS, con una equivalencia de treinta ho-
ras por crédito.
2. La duración de cada curso será de treinta y seis semanas, incluyendo los períodos
lectivos y los dedicados a otras actividades presenciales. Las unidades temporales de orga-
nización académica serán el semestre y el curso, y abarcarán no solo los períodos de impar-
tición de docencia presencial, sino también los dedicados a la realización de exámenes y
pruebas de evaluación.
3. En el Anexo I del presente Decreto se establece el plan de estudios para cada uno
de los cuatro cursos que componen el Grado en sus diferentes especialidades, con la orga-
nización de las materias en asignaturas, para cada una de las cuales precisa:
El tipo de las asignaturas: De formación básica, obligatoria de especialidad.
El carácter de las asignaturas: Teóricas, teórico-prácticas o talleres.
Los créditos ECTS asignados.
El número de horas totales y el número de horas de actividades presenciales.
Su duración y ubicación temporal dentro del plan de estudios.
Sus competencias y descriptores.
En su caso, la prelación entre asignaturas.
4. A los efectos recogidos en este Decreto se entiende por actividades presenciales
todas aquellas en las que los alumnos realicen su trabajo directamente con el profesor: Cla-
ses teóricas y prácticas, seminarios y talleres, prácticas externas, tutorías y pruebas de eva-
luación. Cada una de estas actividades tendrá un responsable académico que garantice la
continuidad en su realización y el cumplimiento de los niveles de calidad. Las programa-
ciones de los correspondientes Departamentos de cada centro público, o de quien desempe-
ñe esa función en los centros privados, recogerán la relación de actividades y el reparto de
los tiempos y créditos correspondientes a las mismas para cada asignatura.
5. A los efectos recogidos en este Decreto, se entiende por actividades no presencia-
les todas aquéllas que los alumnos deberán efectuar mediante el trabajo autónomo, tanto in-
dividual como en equipo, y según las distintas modalidades de enseñanza y de aprendizaje.
Artículo 5
Oferta de asignaturas optativas
1. Los centros docentes incluidos en el ámbito de aplicación de este Decreto confec-
cionarán su propia propuesta de oferta de asignaturas optativas, siguiendo las instrucciones
que a este respecto dicte la Consejería de Educación, y siempre sujeta a lo estipulado en este
Decreto.
2. Dicha propuesta deberá ser elevada a la Consejería de Educación, que podrá au-
torizar la impartición de las asignaturas incluidas en la propuesta como asignaturas optati-
vas del plan de estudios correspondiente o bien solicitar al centro modificaciones en la pro-
puesta planteada.
Artículo 6
Matrícula
1. Los alumnos que ingresen en el primer curso del Grado en un centro público de-
berán matricularse del curso completo.
2. El alumno dispondrá de dos posibilidades de matrícula por asignatura. Para cada
una de ellas tendrá derecho a dos convocatorias por asignatura, una ordinaria y otra extraor-
dinaria, todo ello siempre que se cumpla el requisito señalado en el apartado 1 del artícu-
lo 8 del presente Decreto.
3. No obstante, el alumno que haya agotado las cuatro convocatorias para una mis-
ma asignatura podrá presentar una solicitud motivada de matrícula excepcional, asimismo,
con sus dos convocatorias correspondientes, ante el Director del centro, a quien correspon-
derá decidir sobre la misma.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR