Currículo enseñanza– Decreto 14/2011, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyDecreto

El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Educación y Ciencia, aprobó el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil y se fijan las enseñanzas mínimas. La Comunidad de Madrid, de conformidad con lo que se dispone en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, estableció para su ámbito territorial mediante el Decreto 94/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, el currículo o plan de estudios correspondiente a dicho título respetando las enseñanzas mínimas que se determinan en el Real Decreto antes mencionado, con el fin de dar respuesta a las necesidades generales de cualificación de las personas que pretendan la incorporación a su estructura productiva.

Este currículo o plan de estudios se ha implantado durante los pasados cursos académicos 2008-2009, 2009-2010 y 2010-2011 en los centros educativos de la Comunidad de Madrid. Fruto de la experiencia y las observaciones procedentes de los centros donde se desarrollan dichas enseñanzas, se ha concluido la conveniencia de realizar una adaptación de una parte de los contenidos de dicho currículo o plan de estudios con el fin de lograr una mejor adecuación entre el perfil formativo de los alumnos que superen el ciclo y las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes del sector de los servicios sociales de atención a la infancia.

En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de marzo de 2011,

DISPONGO

Artículo único

Modificación del Decreto 94/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil.

Se modifica el Decreto 94/2008, de 17 de julio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre de 2008, en los siguientes términos: 1. En el apartado b) del artículo 3,

Donde dice: "Los siguientes módulos profesionales propios de la Comunidad de Madrid:

- Inglés. - Didáctica del inglés en educación infantil.", Debe decir: "Los siguientes módulos profesionales propios de la Comunidad de Madrid:

- Inglés. - Recursos didácticos en inglés para la educación infantil". 2. Se sustituye el contenido del Anexo II del Decreto 94/2008, por el que figura como Anexo I de este Decreto. 3. Se modifica la tabla que figura en el Anexo III en los términos siguientes: - Donde dice "09 Didáctica del inglés en educación infantil (1)", debe decir "09 Recursos didácticos en inglés para la educación infantil". - Se elimina el párrafo «(1) La evaluación y calificación de este módulo profesional requiere tener superado el módulo de "inglés" del curso 1.o», que figura en la parte inferior de la tabla.

  1. Se sustituye el contenido del Anexo IV del Decreto 94/2008, por el que figura como Anexo II de este Decreto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Reconocimiento al alumnado 1. A los alumnos que durante los cursos académicos 2008-2009, 2009-2010 y 2010-2011 hayan superado alguno de los módulos de Inglés o Didáctica del inglés en educación infantil del currículo correspondiente al Decreto 94/2008, bien por haber cursado estas enseñanzas en régimen presencial sin completarlas, o bien por haber concurrido durante los años 2009, 2010 y 2011 a las pruebas convocadas por la Comunidad de Madrid para la obtención directa del título de Técnico Superior en Educación Infantil, se les aplicará, respectivamente, la calificación obtenida en estos módulos a los de Inglés o Recursos didácticos en inglés para la educación infantil establecidos en este Decreto. 2. A los alumnos a quienes, de conformidad con lo que se establece en la Orden 2688/2009, de 9 de junio, por la que se regula la equivalencia de la formación en lengua extranjera con los contenidos de módulos profesionales propios de la Comunidad de Madrid incluidos en currículos correspondientes a títulos de Formación Profesional derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se les hubiera reconocido la equivalencia del módulo profesional de Inglés del currículo determinado en el Decreto 94/2008, quedando exentos de cursar o examinarse de dicho módulo, quedarán, igualmente, exentos de cursar o, en su caso, examinarse del módulo de Inglés cuyo currículo se establece en este Decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Complemento de formación

Los contenidos de formación complementaria habilitante y la formación acreditada en lengua inglesa a los que se hace referencia en el Anexo II (notas 4 y 5) de este Decreto para el profesorado de centros públicos de las especialidades de Inglés e Intervención Sociocomunitaria se determinarán por la Consejería de Educación antes del comienzo del curso escolar en que se implanten las respectivas enseñanzas.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Derogación de normas

Queda derogada la Orden 2688/2009, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, por la que se regula la equivalencia de la formación en lengua extranjera con los contenidos de módulos profesionales propios de la Comunidad de Madrid incluidos en currículos correspondientes a títulos de Formación Profesional derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La implantación de las enseñanzas correspondientes a los módulos profesionales de Inglés y Recursos didácticos en inglés para la educación infantil incluidas en el Anexo I de este Decreto se realizará, respectivamente, en los cursos académicos 2011-2012 y 2012-2013.

En Madrid, a 24 de marzo de 2011.

La Consejera de Educación, La Presidenta, LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

ANEXO I

Módulo profesional 06: INGLÉS (CÓDIGO: CM04)

RESULTADOS DE APRENDIZAJE CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Participa y reacciona de forma adecuada y eficaz en la mayoría de las situaciones habituales, para cumplir las intenciones comunicativas propias de tales situaciones, sacando partido, con cierta fluidez, de un repertorio lingüístico básico pero relativamente amplio.

x Sigue las intervenciones dirigidas a él y comprende gran parte de los intercambios informales y formales que ocurren en su entorno y sobre temas generales o de su especialidad.

x Recaba información sencilla y realiza transacciones habituales. x Establece contactos sociales en situaciones más o menos formales para llevar a cabo las funciones habituales: saludos, despedidas, presentaciones, intereses, felicitaciones, cumplidos, ofrecimientos, agradecimientos, peticiones, excusas, citas, expresión de buenos deseos, estados y sentimientos. x Utiliza las fórmulas habituales de cortesía en las situaciones mencionadas. x Aborda conversaciones informales sobre temas conocidos (por ejemplo, familia, aficiones, trabajo, viajes, hechos de actualidad), intercambiando información y expresando opiniones, justificaciones y reacciones. x Se hace comprender cuando expresa sus opiniones, dudas, condiciones, acuerdos o desacuerdos y reacciones respecto a soluciones de problemas o de cuestiones prácticas, como planear una actividad y decidir los pasos para realizar algo.

Comprende lo suficiente para participar, sin preparación previa, en conversaciones que traten sobre temas cotidianos.

x Toma parte en conversaciones y discusiones habituales sobre temas cotidianos.

x Comprende las intenciones comunicativas que transmiten los elementos prosódicos y quinésicos más significativos (pausas, interrupciones, entonación, comportamiento corporal y gestual).

x Controla la propia comprensión y pide aclaraciones o repeticiones siempre que sea necesario.

x Se interesa por los interlocutores y reacciona ante sus sentimientos y estados.

x Participa en discusiones sobre intercambio de información, proponiendo soluciones; da instrucciones con finalidad práctica.

x Utiliza las fórmulas habituales para llamar la atención, tomar y dar la palabra.

x Plantea su punto de vista, aunque le resulte difícil participar en el debate.

x Expresa con cortesía creencias, opiniones, consejos, acuerdos y desacuerdos.

x Resuelve situaciones incluso menos habituales en viajes, tiendas, oficinas de turismo, correo, bancos.

x Muestra conocimiento, obligación, posibilidad, acuerdo, satisfacción y sus contrarios ante la negociación y solución de un problema o de un servicio.

x Plantea una queja o hace una reclamación. x Obtiene, confirma, refuta y da información detallada sobre personas, objetos, lugares y asuntos más o menos cotidianos (actividades, normas, costumbres, sucesos). x Repite y transmite información concreta sencilla, teniendo en cuenta la situación de comunicación. x Pide y da indicaciones detalladas para, por ejemplo, ir a un lugar o realizar algo. x Lee para otros textos breves, en situaciones de comunicación concretas. x Proporciona la información concreta que se requiere en una entrevista o en una consulta. x Utilizar un cuestionario preparado para realizar una entrevista estructurada, con algunas preguntas complementarias.

RESULTADOS DE APRENDIZAJE CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Comprende y escribe notas y cartas a interlocutores conocidos transmitiendo y realzando la información, describiendo experiencias, sentimientos y acontecimientos con cierto detalle, de forma coherente, con una organización y cohesión básicas.

x Comprende mensajes (SMS legibles, correos electrónicos, tarjetas postales, cartas personales y formales de uso habitual), reconociendo las intenciones comunicativas.

x Capta el grado de proximidad del interlocutor, especialmente a partir del registro y de las fórmulas...

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