DECRETO 248/2001, de 25 de octubre, por el que se modifica la Comisión de Coordinación para la introducción de la moneda única.
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
Por Decreto 152/1997, de 6 de noviembre, se procedió a la creación de la Comisión de Coordinación para la introducción de la moneda única, modificado posteriormente por Decreto 134/1998, de 9 de julio. Ambos fueron modificados por el Decreto 20/2001, de 15 de febrero, con la finalidad de adaptar la Comisión de Coordinación a la nueva estructura del Gobierno de la Comunidad.
El Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, por el que se modifica la denominación y la estructura de las Consejerías, de nuevo modifica la organización de la Administración autonómica establecida en el Decreto 96/2000, de 26 de mayo, que a su vez fue objeto de modificación por el Decreto 112/2000, de 1 de junio.
Por tanto, a fin de adecuar la Comisión interdepartamental para la introducción del euro a la actual estructura orgánica de la Comunidad de Madrid procede modificar su composición.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta conjunta de las Consejerías de Economía e Innovación Tecnológica y de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 25 de octubre de 2001.
DISPONGO
Se modifica parcialmente el Decreto 152/1997, de 6 de noviembre, de creación de la Comisión de Coordinación para la introducción de la moneda única, en los términos que a continuación se exponen:
Uno: Se modifica el artículo 2, que queda redactado con el siguiente tenor literal:
Artículo 2
Composición de la Comisión de Coordinación
1. La Comisión de Coordinación estará compuesta por:
a) Co-Presidentes: El Consejero de Economía e Innovación Tecnológica y el Consejero de Hacienda. Copresidirán ambos y, en ausencia de uno de ellos, el que asista.
b) Vocales:
¾ Los Consejeros de las restantes Consejerías establecidas en el Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, que podrán delegar en los Viceconsejeros respectivos.
¾ Los Viceconsejeros de Economía e Innovación Tecnológica y de Hacienda.
¾ Los Secretarios Generales Técnicos de las Consejerías establecidas en el Decreto 155/2001, de 20 de septiembre.
¾ El titular de la Dirección General de Economía y Planificación de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.
¾ El titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía e...
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