Convenio colectivo– Resolución de 21 de abril de 2016, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa “Agencia Colpisa, Sociedad Limitada Unipersonal” (código número 28015032012010)

SecciónD - Anuncios
EmisorCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
Rango de LeyResolución

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa "Agencia Colpisa, Sociedad Limitada Unipersonal" (código número 28015032012010).

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa "Agencia Colpisa, Sociedad Limitada Unipersonal", suscrito por la comisión negociadora del mismo el día 11 de octubre de 2013, completada la documentación exigida en los artículos 6y7del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2y3delTextoRefundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,

RESUELVE

1. Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN

OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 21 de abril de 2016.-El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

III CONVENIO COLECTIVO DE "AGENCIA COLPISA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL"

PREÁMBULO

La negociación del presente convenio ha sido efectuada entre la empresa "Agencia Colpisa, Sociedad Limitada Unipersonal" y la representación unitaria de los trabajadores del mismo.

  1. Disposiciones generales

Artículo 1 Ámbito territorial.-Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo serán de aplicación en todos los centros de trabajo de "Agencia Colpisa, Sociedad Limitada Unipersonal" (en adelante "Agencia Colpisa"), que se encuentren actualmente constituidos o puedan constituirse durante el tiempo de su vigencia en la Comunidad de Madrid.
Art. 2 Ámbito personal.-Las disposiciones de este Convenio Colectivo regularán desde su entrada en vigor las relaciones laborales entre "Agencia Colpisa" y el personal que preste servicios a su favor mediante contrato laboral.

Quedan expresamente excluidos:

  1. Consejeros, directores, subdirectores, redactores-jefes y altos cargos. b) Profesionales liberales vinculados por contratos civiles de prestación de servicios. c) Los corresponsales y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR