ORDEN 2298/2009, de 27 de agosto, por la que se publica la segunda convocatoria, para el año 2009, de subvencion es en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin Ánimo de Lucro que contraten trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social en concordancia con el Programa para la Reactivación Económica y del Empleo de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Empleo y Mujer
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 30/2000, de 14 de enero, traspasa a la Comunidad de Madrid, con efecto de 1 de enero de 2000, las funciones y servicios que en materia de trabajo, empleo y formación realizaba el Instituto Nacional de Empleo, adscribiéndose posteriormente mediante Decreto 13/2000, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, tales funciones y servicios a la Consejería de Economía y Empleo. Por Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, se crea la Consejería de Trabajo, con las competencias atribuidas a la Consejería de Economía y Empleo a través de la Dirección General de Empleo. Mediante Decreto 61/2003, de 21 de noviembre, se crea la Consejería de Empleo y Mujer, con las competencias atribuidas a la Consejería de Trabajo. El Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, ratifica la competencia de la Consejería de Empleo y Mujer, por razón de la materia, para elaborar la presente Orden.

La Ley 5/2001, de 3 de julio, de Creación del Servicio Regional de Empleo, atribuye las competencias de gestión de las Políticas Activas de Empleo transferidas del Instituto Nacional de Empleo al citado Organismo Autónomo, adscrito por Decreto 227/2003, de 24 de noviembre, a la Consejería de Empleo y Mujer.

Entre las funciones de gestión y control asumidas en virtud del citado Real Decreto, se encuentran las referidas a las subvenciones para la contratación por los Órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin Ánimo de Lucro de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, reguladas por las Órdenes de 19 de diciembre de 1997, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, modificadas por la Orden de 26 de octubre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Orden TAS/2435/2004, de 20 de julio.

La disposición adicional primera de la Orden de 19 de diciembre de 1997, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, establece que las Comunidades Autónomas que hayan asumido el traspaso de las funciones y servicios en materia de gestión de este programa público de empleo, podrán acomodar la citada Orden a las especialidades que se deriven de su propia organización. En virtud de esta habilitación, la Orden 7642/2004, de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, Reguladora de las Subvenciones en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin Ánimo de Lucro que contraten trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, modificada por Órdenes 1708/2006, de 3 de agosto; 1561/2008, de 13 de junio, y 3766/2008, de 30 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, ha establecido la regulación de esta línea de subvención en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En el Pleno de la Asamblea de Madrid, de 29 de abril de 2009, se adoptó, entre otros, el acuerdo para instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a ejecutar un Programa para la Reactivación Económica y del Empleo, con 50 medidas agrupadas en dos grandes bloques: Medidas en materia de economía y medidas en materia de empleo.

Entre las medidas acordadas en materia de empleo se contempla la adquisición de experiencia y práctica profesional en colaboración con organismos públicos y la priorización de candidatos sin prestación ni subsidio por desempleo.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y bases reguladoras

Esta Orden tiene por objeto convocar para el año 2009, en sintonía con el Programa para la Reactivación Económica y del Empleo de la Comunidad de Madrid, las subvenciones destinadas a la colaboración con Órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin Ánimo de Lucro, para la contratación de trabajadores desempleados, preferentemente aquellos que hayan agotado las prestaciones por desempleo, en la realización de obras y servicios de interés general y social al objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar la inserción laboral.

Esta subvención tiene como finalidad la financiación de los costes salariales y cuota patronal de Seguridad Social de los trabajadores/as desempleados contratados para la realización de los proyectos de interés general y social, conforme se determina en las bases reguladoras de este programa.

Las bases reguladoras de las subvenciones previstas en esta convocatoria se determinan en la Orden de 19 de diciembre de 1997, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y en la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril de 2005), así como en la Orden 7642/2004, de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de enero de 2005), por la que se ha adaptado la gestión a las especificidades de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de la subvención los órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, la Administración de la Comunidad de Madrid y sus...

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