DECRETO 80/2005, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Familia y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 80/2005, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid.
Mediante Decreto 174/1997, de 11 de diciembre, se creó el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid como órgano de consulta y participación externa en materia de cooperación al desarrollo.
La Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, ha regulado, en el Capítulo Tercero, Sección Tercera, artículo 12, el órgano consultivo en materia de política de cooperación al desarrollo (Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid), disponiendo, en el apartado 1, que formarán parte del Consejo representantes de la Administración Autonómica, interlocutores sociales relacionados con la cooperación para el desarrollo y expertos en este campo.
En la actualidad la participación social se limita a la representación de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo en el Pleno del Consejo, considerándose conveniente ampliar la representación a las Organizaciones Sindicales y Empresariales. Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 7/1995, de 28 de marzo, de Participación de los Agentes Sociales en las Entidades Públicas de la Administración de la Comunidad de Madrid, resulta necesario incluir la representación de las Organizaciones Sindicales y Empresariales, incrementando, de esta manera, el número de vocales en el Pleno del Consejo de Cooperación al Desarrollo.
Del mismo modo, y con el fin de adaptar el Decreto a la actual estructura y competencias de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se modifican las referencias a la Consejería de Educación y Cultura y al Consejero de Educación y Cultura por las de Consejería y Consejero competente en materia de cooperación al desarrollo.
Asimismo, y con el fin de adecuar el presente Decreto a la Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, se modifica la referencia a las Organizaciones No Gubernamentales por la de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo como precisa la citada Ley en su artículo 17.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de agosto de 2005,
DISPONGO
Modificación de los artículos 1.2, 2.2, 4.1 y 7 párrafo 1.ª del Decreto...
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