ORDEN 4185/2009, de 7 de septiembre, de la Conse jería de Educación, por la que se aprueban las bases de convocatoria para proveer, en régimen de turno restringido, dos puestos funcionales clasificados como de selección objetiva.
Sección | B - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
El vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid contempla, en su artículo 9, el concepto de puesto funcional, los cuales se especifican en el Anexo VI del mismo texto. Ante la necesidad de proveer, con carácter definitivo, puestos funcionales de selección objetiva que en la actualidad se encuentran vacantes, se procede a su convocatoria pública.
En consecuencia, y previo dictamen favorable de la comisión paritaria del vigente convenio colectivo, esta Consejería ha dispuesto.
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera
Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en turno restringido, de los puestos funcionales relacionados en el Anexo I, con las circunstancias indicadas en el mismo.
Toda vez que se trata de puestos funcionales, su régimen de desempeño se acomodará a lo previsto en los artículos 18 y 39 del convenio colectivo vigente. En consecuencia, el personal que acceda a alguno de cuantía de la retribución asignada al puesto y la correspondiente a la de su categoría profesional o, en su caso, la suma de percepciones consolidadas a título personal, dependiendo la percepción del referido complemento del desempeño del puesto, por lo que no tendrá carácter consolidable, siendo la duración inicial del nombramiento de cuatro años, en los términos indicados en el apartado 3.2 del artículo 18 del convenio colectivo vigente.
Segunda
Requisitos de los aspirantes
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En todos los supuestos:
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o Ser trabajador de la Comunidad de Madrid con relación jurídico-laboral de carácter indefinido, afecto al Convenio Colectivo para su Personal Laboral y en situación de servicio activo.
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o Cumplir los requisitos mínimos de titulación y experiencia establecidos para cada puesto en el Anexo I.
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o Ostentar categoría profesional comprendida en el Anexo III del vigente convenio colectivo.
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Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en los apartados primero y segundo anteriores en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes y poseer los mismos durante todo el proceso selectivo. El requisito del apartado tercero deberá cumplirse con anterioridad a la propuesta que el Tribunal efectúe, declarando seleccionados a los aspirantes.
Tercera
Se pretende la selección de personal adecuado para la provisión de puestos funcionales indicados en el Anexo I, cuyos perfiles profesionales están a disposición de los interesados en la Oficina de Información, Iniciativas y Reclamaciones, Gran Vía...
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