ORDEN 4722/2005, de 3 de agosto, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se convocan las ayudas para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios en la Comunidad de Madrid, reguladas por la Orden 2249/2005, de 28 de abril, de la Consejería...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 4722/2005, de 3 de agosto, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se convocan las ayudas para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios en la Comunidad de Madrid, reguladas por la Orden 2249/2005, de 28 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

El Reglamento (CE) número 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la Ayuda al Desarrollo Rural a Cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), modificado por el Reglamento (CE) número 1783/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, y el Reglamento (CE) número 817/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del citado Reglamento (CE), regulan, entre otras, las citadas ayudas para la mejora de la transformación y comercialización de productos agrícolas como medidas de desarrollo rural financiadas por la sección de garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA). Las ayudas pretenden facilitar la mejora y racionalización de las citadas actividades de transformación y comercialización, con el fin de aumentar la competitividad y el valor añadido de los productos agrícolas, de modo que se contribuya a mejorar la situación del sector de la producción agraria básica correspondiente y a garantizar a los productores agrarios una participación adecuada en las ventajas económicas obtenidas.

En el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2000-2006, figura la Medida 3.1, "Transformación y Comercialización", donde se contemplan las ayudas dirigidas al fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios. El citado programa finaliza el 15 de octubre de 2006, por lo que los pagos correspondientes a las ayudas para desarrollo rural deberán abonarse íntegramente a los beneficiarios antes de dicha fecha.

Al amparo de los referidos Reglamentos, del Real Decreto 117/2001, de 9 de febrero, por el que se establece la normativa básica de fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación, modificado por el Real Decreto 326/2003, de 14 de marzo, se desarrolla y regula en el ámbito de la Comunidad de Madrid, en el período 2005-2006, las ayudas para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, en la Comunidad de Madrid, por la Orden 2249/2005, de 28 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, con arreglo a la normativa que se cita. Con el fin de mejorar la tramitación en la gestión y optimizar la eficacia en la aplicación de los Fondos que cofinancian estas ayudas (FEOGA-Garantía, MAPA y Comunidad de Madrid), y con ello conseguir los objetivos establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2000-2006, cuando finaliza el período de programación, se considera oportuno realizar una nueva convocatoria de ayudas en el año 2005.

La Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.

La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, a través de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 61/2003, de 21 de noviembre, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, tiene atribuido el fomento de la comercialización y transformación de los productos agroalimentarios y de la pesca y el fomento del desarrollo de la acuicultura, así como la gestión de ayudas y subvenciones en las materias atribuidas a la Dirección General, incluidas las financiadas por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola.

Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995,

DISPONGO

Primero

Plazo de presentación de solicitudes

Se realiza segunda convocatoria, en el año 2005, para las ayudas públicas destinadas a fomentar las inversiones para la mejora de la transformación y comercialización de productos agrarios en la Comunidad de Madrid, al amparo de la Orden 2249/2005, de 28 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de fecha 4 de mayo de 2005. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo

Financiación

  1. Para el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia, se destinarán para el año 2005, fondos con cargo a la...

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