DECRETO 274/2000, de 28 de diciembre, por el que se fija el calendario para el año 2001 de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Presidencia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común determina que las Administraciones de las Comunidades Autónomas fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Presidencia y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno

DISPONGO

Artículo Único

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante el año 2001 en la Comunidad de Madrid se fija en los siguientes términos:

  1. Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de los domingos, las fiestas laborales en esta Comunidad Autónoma que figuran en la Resolución de 14 de noviembre de 2000 a la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la publicación de las fiestas laborales para el año 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de noviembre de 2000), y que a continuación se relacionan:

    1 de enero, Año Nuevo.

    6 de enero, Epifanía del Señor.

    12 de abril, Jueves Santo.

    13 de abril, Viernes Santo.

    1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

    2 de mayo, Fiesta de la Comunidad de Madrid.

    15 de agosto, Asunción de la Virgen.

    12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

    1 de noviembre, Todos los Santos.

    6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

    8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

    25 de diciembre, Natividad del Señor.

  2. Además serán inhábiles en cada Municipio de la Comunidad de Madrid, los días de sus respectivas fiestas locales que figuran en la relación aprobada por la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, mediante Resolución de fecha 1 de diciembre de 2000 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de diciembre).

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse...

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