ORDEN 2011/2005, de 28 de septiembre, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2011/2005, de 28 de septiembre, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

Artículo 1

Objeto

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de una beca para la realización de prácticas en la oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

Artículo 2

Contenido de la subvención y gasto subvencionable

El desarrollo de las becas se realizará en la Unidad de Representación de la Comunidad de Madrid en Bruselas y consistirá en la investigación, perfeccionamiento y el estudio del derecho de la Unión Europea de modo y manera que el beneficiario logre un perfeccionamiento de sus aptitudes en el marco del derecho comunitario.

La beca estará dotada con la cantidad de 1.204 euros mensuales que el beneficiario percibirá por mensualidades vencidas. La cantidad mensual incluirá los gastos de estancia, manutención y viajes, así como la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes corporales.

Artículo 3

Financiación

Para el cumplimiento del objeto de esta Orden se destinarán créditos presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2005, en el subconcepto 48390 del programa de gastos 103, por importe de 4.816 euros.

Artículo 4

Tipo de procedimiento

El procedimiento de concesión de esta subvención será el de concurrencia competitiva.

Artículo 5

Requisitos de los candidatos y documentación a presentar

De acuerdo con la Orden 1473/2005, de 4 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de agosto de 2005, los candidatos deberán de reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener como máximo treinta años de edad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y cuya acreditación se realizará en la forma recogida en el artículo 6.2.2.a) de las bases reguladoras.

  2. Estar empadronados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, requisito que habrá de mantenerse hasta la conclusión de la beca y cuya acreditación se realizará en la forma recogida en el artículo 6.2.2.a) y b) de las bases reguladoras.

  3. Poseer titulación universitaria superior, o estar en condiciones de obtenerla en el momento de la adjudicación de la beca, en las siguientes áreas: Derecho, Economía, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Sociología, Filosofía y Ciencias de la Información, cuya acreditación se realizará en la forma recogida en el artículo 6.2.2.c) de las bases reguladoras.

  4. Formación específica en materias relacionadas con la Unión Europea.

  5. Dominio de los idiomas francés e inglés y cuya acreditación se realizará mediante las entrevistas o pruebas que la Comisión de Evaluación estime oportunas.

  6. No podrá concurrir en su persona alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de declaración formulada ante el órgano convocante (según Anexo III de las bases), de no incurrir en las circunstancias establecidas en dicho artículo, a excepción de las recogidas en la letra e) del mismo.

    Y además deberán de presentar la siguiente documentación también debidamente mencionada en las bases:

    1. Instancia de solicitud por duplicado, de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo I que, además, podrá obtenerse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las solicitudes también podrán cumplimentarse e imprimirse a través de la página www.madrid.org en el Portal de...

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