ORDEN 407/2003, de 27 de marzo, de la Consejería de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la Oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 407/2003, de 27 de marzo, de la Consejería de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la Oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

De acuerdo con el Decreto 273/2001, de 20 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, corresponde a la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, entre otras competencias, la coordinación general de las actuaciones de la Comunidad de Madrid relacionadas con la Unión Europea y la coordinación, impulso y seguimiento de la participación autonómica en el proceso comunitario, tanto directa como indirecta, incluida la presencia de la Comunidad de Madrid en el comité de regiones y cualesquiera otros órganos comunitarios.

En el ejercicio de estas competencias se ha considerado oportuno favorecer la formación especializada de personas que contribuyen con sus conocimientos a mejorar y agilizar las relaciones de esta Comunidad con la Unión Europea, y, concretamente, en el seguimiento ante las instancias comunitarias de los proyectos y programas ante ella presentados. Las prácticas en la Oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas son un cauce que facilita la conservación de estos objetivos, permitiendo una mayor cercanía de los asuntos europeos y al mismo tiempo una formación actualizada y completa de titulados universitarios.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

  1. El objeto de la presente Orden es la convocatoria de una beca para la realización de prácticas en la Oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

Artículo 2

Beneficiario y ámbito territorial

2.1. El beneficiario de la beca deberá tener residencia en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, no superar la edad de treinta años y reunir los siguientes requisitos:

  1. Titulación universitaria superior, dándose preferencia a la Licenciatura en Universidad madrileña. La titulación obtenida en una Universidad no española deberá estar homologada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

  2. Formación específica en materias relacionadas con la Unión Europea.

  3. Dominio de los idiomas francés e inglés. Se valorará una tercera lengua comunitaria.

2.2. El beneficiario de la beca no podrán realizar, mientras la disfrute, ningún tipo de trabajo remunerado y su percepción será incompatible con la de cualquier otra ayuda o subvención para ese mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.

2.3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de becas concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la beca otorgada.

2.4. Quedarán excluidos del proceso de selección, sin entrar a su valoración, las solicitudes que no cumplan los requisitos mínimos de entrada.

2.5. Las prácticas de investigación y estudio se desarrollarán en la Oficina de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

Artículo 3

Ámbito temporal

La beca se concederá por un primer período de tiempo que discurrirá desde el día 1 de abril hasta el día 31 de diciembre de 2003, pudiendo renovarse por períodos anuales hasta un máximo de tres años, si el becario acreditase aprovechamiento de la misma y existiera la necesaria dotación económica para ello.

Artículo 4

Dotación presupuestaria

4.1. A los fines señalados en esta convocatoria se destinará la Partida 48390 del Programa 103 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2003.

4.2. La beca estará dotada con la cantidad de 1.204 euros mensuales, incluyendo los gastos de estancia, manutención y viajes. Se percibirá por el adjudicatario por mensualidades vencidas.

Artículo 5

Iniciación y documentación de las solicitudes

El...

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