ORDEN 2683/2005, de 14 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2683/2005, de 14 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

Artículo 1

Objeto

Las bases reguladoras que han de regir la convocatoria se aprobaron mediante Orden 2518/2005, de 21 de noviembre, de la Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre de 2005).

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos. La duración de la beca de las correspondientes convocatorias tendrá carácter anual, pudiéndose prorrogar por un período máximo de tres años, si el becario acreditase aprovechamiento de la misma y existiera la necesaria dotación económica para ello.

Artículo 2

Contenido de la subvención y gasto subvencionable

El desarrollo de la beca se realizará en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, y más concretamente en la Subdirección General de Asuntos Europeos e Interregionales, y consistirá en la investigación, perfeccionamiento y el estudio del derecho de la Unión Europea de modo y manera que el beneficiario logre un perfeccionamiento de sus aptitudes en el marco del derecho comunitario.

La beca estará dotada con la cantidad de 750 euros mensuales que el beneficiario percibirá por mensualidades vencidas. La can-

tidad mensual incluirá la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes corporales.

Artículo 3

Financiación

Para el cumplimiento del objeto de esta Orden se destinarán créditos presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006 en el subconcepto 48390 del programa de gastos 103, por importe de 9.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Artículo 4

Tipo de procedimiento

El procedimiento de concesión de esta subvención será el de concurrencia competitiva.

Artículo 5

Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán de reunir los requisitos previstos en la base tercera de las bases reguladoras.

Artículo 6

Documentación a presentar

Los candidatos deberán presentar la documentación prevista en la base sexta...

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