ORDEN 1171/2001, de 24 de julio, de la Consejería de Presidencia y Hacienda, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos para los becarios del Colegio de Europa, en Brujas, de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Justicia, Funcion Publica y Administracion Local
Rango de LeyOrden

De acuerdo con el Decreto 184/2000, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Hacienda, corresponde a la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, entre otras competencias, coordinación general de las actuaciones de la Comunidad de Madrid relacionadas con la Unión Europea y coordinación, impulso y seguimiento de la participación autonómica en el proceso comunitario, tanto directa como indirecta, incluida la presencia de la Comunidad de Madrid en el Comité de Regiones y cualesquiera otros órganos comunitarios.

La Comunidad de Madrid tiene suscrito un Convenio Específico de Colaboración con el Colegio de Europa, en el que se establece la posibilidad de adjudicar una beca para la realización de estudios en el mencionado Colegio en su sede en Brujas (Bélgica), para la obtención del "Diplôme de Hautes Etudes Européenens".

La experiencia adquirida mediante la realización del "Diplôme de Hautes Etudes Européenens" del Colegio de Europa en Brujas supone la idoneidad para poder realizar prácticas de acuerdo con los fines y objetivos que la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos tiene asignados.

En la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2001 existe crédito adecuado y suficiente para conceder unas prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

1.1. El objeto de la presente Orden es la convocatoria de una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Beneficiario y ámbito territorial

2.1. El beneficiario de la beca deberá estar empadronado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y reunir los siguientes requisitos:

  1. Diploma de Altos Estudios Europeos del Colegio de Europa de Brujas.

  2. Haber sido adjudicatario en alguna de las convocatorias de la beca del Colegio de Europa de Brujas convocadas por la Comunidad de Madrid.

2.2. El beneficiario de la beca no podrá realizar, mientras la disfrute, ningún tipo de trabajo remunerado y su percepción será incompatible con la de cualquier otra ayuda o subvención para ese mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.

2.3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, y en todo caso, la obtención concurrente de becas concedidas por cualquier Entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la beca otorgada.

2.4. Quedarán excluidos del proceso de selección, sin entrar a su valoración, las solicitudes que no cumplan los requisitos mínimos de entrada.

Artículo 3

Ámbito temporal

El período comprendido entre los meses de septiembre a diciembre, ambos inclusive, del año 2001.

Artículo 4

Dotación presupuestaria

A los fines señalados en esta Orden se destinará la partida 48390 del programa 103 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2001.

La Beca estará dotada con la cantidad de 70.000 pesetas mensuales, que se percibirán por el adjudicatario por mensualidades vencidas, incluyendo la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes corporales.

Artículo 5

Obligaciones del beneficiario

5.1. La incorporación a la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, sita en la calle Carretas, número 4, 28012 Madrid, el día 3 de septiembre de 2001.

5.2. Colaborar en cuantas tareas le sean encomendadas por la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

5.3. La Consejería de Presidencia y Hacienda, a través de la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, podrá en cualquier momento, previo trámite de audiencia, dar por finalizada la realización del período de prácticas por deficiencia notoria en el cumplimiento de las obligaciones del becario.

5.4. El becario deberá suscribir por su cuenta una póliza de seguro de enfermedad o poner al día su asistencia sanitaria durante el período de disfrute de la beca, extremo que deberá acreditar para poder recibir las cuantías con las que la beca se encuentra dotada.

5.5. El becario estará obligado a facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes; y en particular, la obligación de asumir los extremos regulados en el artículo 12, apartado 4, de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

5.6. La aceptación de las obligaciones y tareas citadas, no implicará, en ningún caso, el establecimiento con la Administración de ningún vínculo de naturaleza administrativa, laboral o funcional.

5.7. La aceptación del disfrute de la beca por parte del becario se realizará en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de su notificación y llevará consigo a su vez la aceptación de todas y cada una de las bases de la presente Orden.

Artículo 6

Iniciación y documentación de las solicitudes

El procedimiento para la concesión de la ayuda se iniciará a solicitud de los interesados, formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre de 1992).

Las solicitudes se presentarán en los modelos de impresos que se facilitarán en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, 28003 Madrid, y se acompañarán de la documentación siguiente:

  1. Fotocopia compulsada del DNI y NIF.

  2. Fotocopia compulsada del Diploma de Hautes Etudes Européenens del Colegio de Europa en Brujas, con mención de las calificaciones obtenidas.

  3. Acreditación documental de haber sido adjudicatario de la Beca del Colegio de Europa en Brujas, a través de alguna de las convocatorias de la Comunidad de Madrid.

  4. Declaración del interesado de no realizar ningún trabajo remunerado ni percibir ayuda o beca con el mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada, formulada según el modelo que se acompaña en el Anexo I.

  5. Currículum Vitae y expediente académico original o compulsado.

Artículo 7

Presentación de solicitudes

Los interesados en esta convocatoria deberán presentar su instancia en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, 28003 Madrid, o en cualquiera de las oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, en el plazo de quince días naturales a contar desde la entrada en vigor de esta Orden.

Artículo 8

Admisión de aspirantes

Finalizado en plazo para la presentación de solicitudes, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR