ORDEN 592/2006, de 7 de marzo, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria de la concesión de subvenciones al autoempleo en la Sierra Norte de Madrid para el ejercicio 2006, las cuales estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

Patronato Madrileño de Áreas de Montaña (PAMAM)

ORDEN 592/2006, de 7 de marzo, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria de la concesión de subvenciones al autoempleo en la Sierra Norte de Madrid para el ejercicio 2006, las cuales estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).

La Ley 9/1986, de 20 de noviembre, creadoras del Organismo Autónomo de carácter administrativo Patronato Madrileño de Áreas de Montaña (PAMAM), establece como finalidad del mismo favorecer el desarrollo integral de las Áreas de Montaña y muy especialmente de la Sierra Norte. Dicho organismo está adscrito en la actualidad a la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Desde el año 1991 en que se comenzó a desarrollar el primer Programa Operativo de la Sierra Norte de Madrid, Objetivo 5b), que abarcaba el período 1991-1993, junto al Programa de Desarrollo de Zonas Rurales de Madrid, Objetivo 5b), ejecutado entre los años 1994 y 1999, el Patronato Madrileño de Áreas de Montaña (PAMAM), ha llevado a cabo una política dirigida a fomentar e impulsar la iniciativa empresarial, favoreciendo por medio de ayudas económicas, tanto la constitución de nuevas empresas, como la expansión de las ya existentes.

Como complemento a esta labor realizada durante todos estos años, desde el año 2000 se ha venido convocando un sistema de ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), para afianzar la estabilidad y la creación de empleo favoreciendo el tejido empresarial de la zona a través del apoyo directo a futuros empresarios individuales de la Sierra Norte, procedentes del desempleo.

En la presente Orden se establece que estas ayudas podrán ser, en su caso, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), dentro del Programa Operativo de Madrid Objetivo 3, 2000-2006, con una tasa de cofinanciación del 45 por 100.

En todo caso, se deberán respetar las normas de la Unión Europea sobre concurrencia o acumulación de ayudas procedentes de distintos regímenes o fuentes de financiación (Instancias públicas locales, regionales, nacionales o comunitarias).

Por todo ello, bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad que deben presidir la asignación de fondos públicos, respetando en todo caso las normas que les afecten de la Unión Europea, y cumpliendo los preceptivos trámites reglamentarios, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Capítulo Único Artículos 1 a 14

Convocatoria de ayudas

Artículo 1

Convocatoria

Se convocan las ayudas para el ejercicio 2006, destinadas a subvencionar el autoempleo de los desempleados que se radiquen

en la Sierra Norte de Madrid, las cuales estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Artículo 2
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