ORDEN 395/2002, de 5 de junio, del Consejero de Sanidad, por la que se regula la Comisión Asesora del Programa Regional de Prevención y Control del Asma de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La creación de la Comisión Regional del Programa de Prevención y Control del Asma de la Comunidad de Madrid se efectuó por Orden 103/1992, de 13 de enero, del Consejero de Salud. En base a la experiencia acumulada después de un año de funcionamiento de la Comisión Asesora del Programa Regional de Prevención y Control de Asma, fue necesario adecuar la composición de la misma a la realidad socio-sanitaria de nuestra comunidad a través de la Orden 981/1992.

En la actualidad, dado el tiempo transcurrido desde su creación, la vigencia del asma como problema de salud, la experiencia acumulada en su abordaje poblacional y las variaciones acaecidas con la aprobación de la nueva Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), y el Decreto 1/2002, de 17 de enero, por el que se establece la renovación y adecuación de la Comisión Regional del Asma a las nuevas circunstancias.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid en relación con el artículo 6.2 de la Orden de 5 de septiembre de 1988, de la Consejería de Salud, por la que se organiza la Asesoría Científico-Técnica y Comunitaria en el campo de la Salud y los Servicios Sanitarios.

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de la Orden

El objeto de la presente Orden es regular la Comisión Regional del Programa de Prevención y Control del Asma de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Dependencia orgánica de la Comisión

La Comisión Regional de Asma, dependerá de la Dirección General de Salud Pública.

Artículo 3

Funciones de la Comisión

Serán funciones de la Comisión Regional de Asma las siguientes:

3.1. Promover, coordinar y supervisar el desarrollo y funcionamiento del Programa Regional de Asma de la Comunidad de Madrid.

3.2. Impulsar y supervisar los subprogramas específicos que componen el programa.

3.3. Asesorar y elevar propuestas a la autoridad sanitaria correspondiente.

Artículo 4

Composición de la Comisión

La composición de la Comisión Regional de Asma será la siguiente:

4.1. Un Coordinador Regional designado por el Consejero de Sanidad a propuesta del Director General de Salud Pública, de acuerdo con lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR