ORDEN 215/2007, de 20 de febrero, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban y publican las relaciones definitivas de aspirantes admitidos a efectos de su inclusión en las bosas de trabajo para la contratación laboral a tiempo cierto de personal con discapacidad psíquica originada por retraso mental, en las categorías profesionales...

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

Mediante Orden 2671/2006, de 11 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, que fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 21 de septiembre de 2006, se aprobó la convocatoria singular para la contratación laboral a tiempo cierto de personal con discapacidad psíquica originada por retraso mental, en las categorías profesionales de Auxiliar de Control e Información, Auxiliar de Obras y Servicios, Auxiliar de Hostelería y Pinche de Cocina, en la modalidad de contrato para la formación de personas con discapacidad.

Una vez concluido el proceso de selección de conformidad con lo previsto en la convocatoria, el Tribunal Calificador ha elevado a esta Consejería las relaciones de candidatos admitidos definitivamente para cada categoría profesional, ordenadas de forma decreciente según la puntuación obtenida por los aspirantes mediante la aplicación del baremo recogido en el Anexo IV de la mencionada Orden, todo ello a efectos de su inclusión en las bolsas de trabajo que, en aplicación de lo establecido en las bases de la convocatoria, se formarán para la contratación laboral temporal en las referidas categorías profesionales.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la base 6.3 de la citada convocatoria

DISPONGO

Primero

Aprobación y publicación de las relaciones definitivas de aspirantes admitidos en las bolsas de trabajo

Aprobar y ordenar publicar las listas definitivas de candidatos admitidos en las bolsas de trabajo que se constituirán en las categorías profesionales de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C), Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Áreas B y C), Auxiliar de Hostelería (Grupo V, Nivel 1, Área C) y Pinche de Cocina (Grupo V, Nivel 1, Área B), para la contratación laboral a tiempo cierto de personal con discapacidad psíquica originada por retraso mental, en la modalidad de contrato para la formación de personas con discapacidad. Las citadas relaciones de aspirantes se acompañan como Anexo I a la presente Orden.

Segundo

Aspirantes excluidos definitivamente de las bolsas de trabajo

Declarar definitivamente excluidos de las bolsas de trabajo a todos los solicitantes que figuran en el Anexo II de esta Orden, por la causa de exclusión que se hace constar expresamente.

Tercero

Vigencia, contratación y funcionamiento de las bolsas de trabajo

3.1.??Las bolsas de trabajo para cada categoría profesional, que serán gestionadas para la contratación de...

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