ORDEN 1944/2001, de 24 de octubre, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de personal.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

En uso de las facultades que me confiere el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero

Delegar en el titular de la Secretaría General Técnica de esta Consejería el ejercicio de las siguientes competencias que en materia de personal me confieren el artículo cuarto del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas y el Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid:

  1. El nombramiento y cese en los puestos de trabajo del personal funcionario adscrito a la Consejería.

  2. La contratación laboral indefinida del personal adscrito a la Consejería que haya sido seleccionado en virtud de las pruebas selectivas convocadas como consecuencia de la oferta de empleo público.

  3. La incoación de expedientes disciplinarios del personal funcionario adscrito a la Consejería, así como el nombramiento de instructor, la declaración de suspensión provisional, si procediera, y la adopción de la sanción pertinente en los casos de faltas graves o muy graves, salvo la de separación del servicio.

  4. La resolución de las reclamaciones previas a la vía laboral planteadas por el personal adscrito a la Consejería.

  5. La aprobación de...

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