DECRETO 5/2006, de 19 de enero, por el que se adapta la estructura de la Consejería de Inmigración a la Ley 4/2005, de 14 de diciembre, de la Agencia para la Inmigración y la Cooperación.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 5/2006, de 19 de enero, por el que se adapta la estructura de la Consejería de Inmigración a la Ley 4/2005, de 14 de diciembre, de la Agencia para la Inmigración y la Cooperación.

Mediante Decreto 85/2005, de 15 de septiembre, por el que se establecen las bases para la creación de la Agencia para la Inmigración, se crea la Consejería de Inmigración como órgano superior de la Comunidad de Madrid, al que se atribuye la dirección y ejecución de la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de inmigración y cooperación al desarrollo.

En el artículo 2 del mencionado Decreto se regula la organización básica de la Consejería de Inmigración, que, bajo la superior dirección de su titular, está formada por la Secretaría General Técnica de Inmigración y la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

La Ley 4/2005, de 14 de diciembre, de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de diciembre de 2005) establece en su artículo 8 que el Vicepresidente de la Agencia será el Viceconsejero de la Consejería competente en inmigración y cooperación al desarrollo.

Con el fin de poder dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 4/2005, de 14 de diciembre, y en base a la habilitación prevista en la disposición final segunda del citado texto legal, es necesario modificar la organización básica de la Consejería de Inmigración.

Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 14 de diciembre, de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, es necesario crear mediante Decreto las unidades con rango de Subdirección General, que pasan a formar parte de la citada Agencia, suprimiéndose las existentes hasta ahora en la Consejería de Inmigración.

Finalmente, se contempla que para el ejercicio de las competencias que la Secretaría General Técnica de Inmigración tiene encomendadas, ésta contará con el apoyo de la Subdirección General de Régimen Jurídico y Gestión Administrativa, dependiente del Gerente de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.u) y 40 de la Ley 1/1983, de...

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