ORDEN 2316/1999, de 15 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se regula el funcionamiento de las actuaciones de compensación educativa.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

En el ámbito de la Comunidad de Madrid se desarrollan actuaciones de compensación educativa que, conforme a las disposiciones del Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de las desigualdades en educación ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de marzo de 1996), se dirigen a:

¾ Apoyar la inserción socioeducativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a situaciones sociales y culturales desfavorecidas que se escoraliza en centros de Educación Infantil y Primaria y en los que imparten Educación Secundaria Obligatoria.

¾ Garantizar la continuidad del proceso educativo del alumnado que, por razones de hospitalización y convalecencia prolongada, no puede seguir un proceso normalizado de escolarización en su centro educativo.

De conformidad con las disposiciones del Real Decreto 926/1999, de 28 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de enseñanza no universitaria, y hasta que la Consejería de Educación no elabore nuevas normas, el funcionamiento de estas actuaciones se regulará de acuerdo con lo siguiente:

Primero

Todas las actuaciones de compensación educativa que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad de Madrid al amparo del citado Real Decreto 299/1996 deben ser autorizadas por la Dirección General de Promoción Educativa para su puesta en funcionamiento y, en su caso, para la correspondiente dotación de recursos.

Segundo

Las Actuaciones de Compensación Educativa en Centros que se autoricen en el ámbito de la Comunidad de Madrid, se regirán por la Orden de 22 de julio de 1999, por la que se regulan las actuaciones de compensación educativa en centros docentes sostenidos con fondos públicos ("Boletín Oficial del Estado" de 28 de julio de 1999), excepto en lo relativo a su Disposición final primera, en la que las atribuciones encomendadas a la Dirección General de Centros Educativos del Ministerio de Educación y Cultura pasan a ser desempeñadas por la Dirección General de Promoción Educativa de esta Consejería de Educación.

Tercero

Las Unidades Escolares de Apoyo en Instituciones Hospitalarias que funcionan en el ámbito de la Comunidad de Madrid al amparo del Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Nacional de la Salud, para la atención educativa a los niños hospitalizados ("Boletín Oficial...

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