Plan alquila– Orden de 16 de octubre de 2014, por la que se modifica la Orden 1/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA
Rango de LeyOrden
VIERNES 24 DE OCTUBRE DE 2014Pág. 20 B.O.C.M. Núm. 253
BOCM-20141024-2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda
2ORDEN de 16 de octubre de 2014, por la que se modifica la Orden 1/2008, de 15
de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Co-
munidad de Madrid.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Co-
munidad de Madrid, se aprobó la Orden 1/2008, de 15 de enero, de la entonces Consejería
de Vivienda, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad
de Madrid. Dicha Orden fue modificada por Orden 709/2012, de 7 de marzo, de la Conse-
jería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y por Orden de 29 de mayo de 2013,
de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.
Actualmente, los contratos de alquiler que son susceptibles de ser suscritos en el mar-
co del Plan Alquila y que en consecuencia se benefician de los servicios previstos en la Or-
den 1/2008, de 15 de enero, no contemplan la posibilidad de incluir la opción de compra
para el arrendatario. En consecuencia actualmente se encuentran excluidas de su ámbito de
aplicación las viviendas calificadas con protección pública en arrendamiento con opción a
compra.
Con la finalidad de fomentar y dinamizar el mercado del alquiler, ampliando la oferta
de viviendas, se modifica la Orden 1/2008, con objeto de extender el ámbito de aplicación
de las medidas contempladas en el programa público de intermediación en el mercado del
alquiler “Plan Alquila”, a aquellos arrendamientos con opción a compra que se celebren
respecto de viviendas con protección pública que de conformidad con su régimen legal se
pongan a disposición de los madrileños en régimen de arrendamiento con opción a compra,
y que sean inscritas, en su caso, en el Plan.
En aras de la seguridad jurídica se adecúa la previsión contenida en el modelo de con-
trato de arrendamiento respecto de la posibilidad de desistimiento del arrendatario y el
acuerdo de indemnización, a lo establecido al respecto en la Ley de Arrendamientos Urba-
nos, tras la modificación operada en la misma por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de Medidas
de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.d) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Artículo único
Modificación de la Orden 1/2008, de 15 de enero, de la Consejería de Vivienda,
por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid
Uno. El preámbulo de la Orden queda redactado en su párrafo cuarto, de la siguiente
manera:
“Al objeto de ofrecer las mayores garantías a las partes, es imprescindible que los con-
tratos de arrendamiento que se acojan a estas medidas se ajusten a los modelos de contra-
tos que figuran como Anexo I y Anexo II , que incluyen entre otras cláusulas, el someti-
miento de las partes al sistema de arbitraje que determine la Comunidad de Madrid”.
Dos. Se da nueva redacción al artículo 2:
“Podrán acogerse a las medidas de fomento del alquiler los arrendadores de viviendas
situadas en el territorio de la Comunidad de Madrid y los arrendatarios, personas físicas,

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