Convocatoria subvenciones– Orden 1154/2012, de 3 de octubre, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones cofinanciadas parcialmente por el Fondo Social Europeo a instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en el área de integración social y laboral de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2012

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES
Rango de LeyOrden
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Asuntos Sociales
5ORDEN 1154/2012, de 3 de octubre, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la
que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones cofinan-
ciadas parcialmente por el Fondo Social Europeo a instituciones sin ánimo de
lucro para el desarrollo de proyectos en el área de integración social y laboral
de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid y se aprueba la convo-
catoria de dichas subvenciones para el año 2012.
Las migraciones internacionales, en el contexto de las sociedades occidentales, cons-
tituyen uno de los desafíos más relevantes y tienen una especial trascendencia en los diver-
sos ámbitos en los que, directa o indirectamente, inciden: Económico, laboral, social, sani-
tario, educativo y cultural, entre otros.
El fenómeno migratorio ha adquirido en los últimos años en nuestro país una impor-
tancia creciente, como consecuencia de los incrementos significativos de los flujos migra-
torios que lo han situado como punto de destino, situación a la que no ha permanecido aje-
na la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid está siendo en los últimos años uno de los más importantes
focos de atracción de la población inmigrante respecto del conjunto nacional, lo que la ha
colocado en una situación de privilegio en el diseño y puesta en marcha de políticas y pro-
gramas para la integración de los inmigrantes.
Desde el punto de vista cuantitativo, la población inmigrante empadronada en nuestra
Comunidad a fecha de 1 de junio de 2010, de acuerdo con el informe de la población ex-
tranjera empadronada en la Comunidad de Madrid del Observatorio de Inmigración, Cen-
tro de Estudios y Datos, alcanza la cifra de 1.118.991 habitantes, el 17,1 por 100 de la po-
blación total, lo que supone un incremento de población extranjera de 10.071 personas con
respecto a enero de 2009 a pesar de la crisis económica que estamos padeciendo, destacan-
do la presencia de ciudadanos de Rumanía, Ecuador, Marruecos y Colombia.
Para atender a esta nueva realidad, el Plan de Integración 2009-2012 de la Comunidad
de Madrid constituye el instrumento integral mediante el cual la Consejería de Asuntos So-
ciales, impulsa políticas de apoyo e integración social de los inmigrantes que residen en la
Comunidad de Madrid, teniendo como principios rectores la cohesión social, la igualdad de
oportunidades, la convivencia sin discriminaciones y la legalidad e integración.
Esta Orden, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones des-
tinadas al otorgamiento de ayudas para la realización, por instituciones sin ánimo de lucro,
de proyectos en el área de integración de la población inmigrante de la Comunidad de
Madrid y aprueba la convocatoria de esta línea de subvención para 2012, se enmarca en di-
cho Plan de Integración 2009-2012 de la Comunidad de Madrid. Es en dicho marco, en aras
al cumplimiento de los objetivos, tanto generales como específicos previstos en los distin-
tos ámbitos de actuación recogidos en el citado Plan de Integración, los cuales se concretan
en actuaciones y medidas específicas, en el que es necesario situar las actividades subven-
cionables, las cuales están dirigidas a garantizar la atención inicial o acogida, la sensibili-
zación, la realización de estudios e investigaciones así como el apoyo al retorno voluntario.
La política de integración social de la población inmigrante desarrollada por la Comu-
nidad de Madrid, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, tiene su fundamento legal
que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, que atribuyen a la
Comunidad de Madrid competencia exclusiva, entre otras materias, en deporte y ocio y pro-
moción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales nece-
sitados de atención, entre los cuales se encuentran las personas inmigrantes.
En esta línea de actuación, la Dirección General de Inmigración de la Consejería de
Asuntos Sociales, ha planteado este ejercicio presupuestario una nueva línea de subvencio-
nes cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 2, tema priorita-
rio 70, para potenciar actuaciones desarrolladas por entidades sin fin de lucro en el ámbito
de la inserción y formación integral en el medio sociolaboral, al entender que en la actual
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situación de crisis económica deben potenciarse los proyectos que incidan en la mejora de
la empleabilidad. La presente convocatoria cumple los criterios de selección ligados a los
objetivos generales asociados a este tema prioritario que van dirigidos a:
Aumentar la empleabilidad y la estabilidad en el empleo de las personas inmigran-
tes con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, como inmigrantes.
Proveer mecanismos de apoyo a la conciliación y garantizar la igualdad de oportu-
nidades en el acceso al mercado laboral.
Sensibilización del empresariado para la inserción laboral de inmigrantes.
Favorecer la sostenibilidad del empleo.
Asimismo, se cumplen los criterios de carácter transversal que se incorporan a este
tema prioritario a través de los que se persiguen unos objetivos generales que conllevan la
obligatoriedad de su cumplimiento, ya que en su mayoría forman parte de los principios de
actuación que guían el conjunto de la actividad realizada.
Entre ellos destaca por su importancia la necesidad de integrar la perspectiva de géne-
ro de forma horizontal que deberá garantizarse en todas las fases de los procedimientos,
desde las tareas iniciales de sensibilización, la orientación, información y formación adap-
tadas a las características personales entre las que tienen singular importancia las derivadas
del género, y en conjunto se priorizan las actuaciones que tengan un planteamiento de de-
tección y eliminación de las barreras que dificultan la incorporación en pie de igualdad de
la mujer a todos los ámbitos de la vida social y laboral.
La consideración de este enfoque se extenderá, además, a un concepto más general de
tratamiento de la igualdad en el sentido de que se deberá evitar todo tipo de trato discrimi-
natorio, priorizando la promoción de la inclusión social de todas aquellas personas inmi-
grantes que por diferentes razones encuentran dificultades de acceso al mercado laboral.
Finalmente, se han tenido en cuenta los criterios específicos del citado tema priorita-
rio 70, que son:
Favorecer la integración laboral a través de actuaciones de asesoramiento perso-
nalizado, orientación laboral e intermediación en el mercado de trabajo.
Acciones de orientación dirigidas a su integración socio laboral. Acciones forma-
tivas para conocimiento de la lengua española
Formación básica complementaria o para la obtención del título de Educación Se-
cundaria. Formación ocupacional y enseñanzas dirigidas al desarrollo personal.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamen-
to de desarrollo de la misma, en todo aquello que constituya legislación básica; en la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26
de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de
Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con
lo previsto en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada
Ley 2/1995, y demás normativa europea y disposiciones aplicables, y a tenor de los princi-
pios de publicidad, concurrencia y objetividad,
DISPONGO
Capítulo primero
Bases reguladoras
Artículo 1
Aprobación bases reguladoras
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a insti-
tuciones sin ánimo de lucro, tanto para el desarrollo de proyectos en el área de integración
de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid, como para el desarrollo de proyec-
tos, cofinanciados parcialmente por el Fondo Social Europeo en un 50 por 100, a los que se
refiere el artículo 2.5 de la presente Orden, en el área de inserción y formación integral en
el medio sociolaboral de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid.
Las ayudas para el desarrollo de proyectos en el área de inserción y formación integral
en el medio sociolaboral de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid, cofinan-
ciadas parcialmente por el Fondo Social Europeo, garantizarán el cumplimiento de los cri-
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terios de selección de las operaciones del Programa Operativo del FSE. Dichos criterios se
encuadran en el eje 2, “Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre
hombres y mujeres”, tema prioritario 70, “medidas concretas para incrementar la participa-
ción de los inmigrantes en el mundo laboral, reforzando su integración social”:
1.1. Personas beneficiarias: Actuaciones dirigidas a aumentar la empleabilidad y la
estabilidad en el empleo de la población inmigrante en general y entre aquella la de los gru-
pos con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, especialmente mujeres y jó-
venes inmigrantes. Hay que recordar que el tema prioritario 70 describe medidas concretas
orientadas a incrementar la participación en el empleo de los trabajadores inmigrantes, con-
solidando de esta forma su integración social.
1.2. Criterios transversales: Se priorizan las actuaciones en las que se integren la
perspectiva de igualdad de género en todas las fases del procedimiento de orientación labo-
ral y fomento de la vocación emprendedora.
1.3. Criterios específicos: Favorecer la integración laboral de la población inmigran-
te residente en la Comunidad de Madrid a través de actuaciones de asesoramiento persona-
lizado en materia de orientación y/o enseñanza de la lengua española, fomento de la voca-
ción emprendedora e intermediación en el mercado de trabajo.
Artículo 2
Objeto y acciones subvencionables
1. El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras de las subven-
ciones que pueda conceder la Dirección General de Inmigración de la Consejería de Asun-
tos Sociales, destinadas tanto a apoyar la financiación de proyectos en el área de integra-
ción de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid, como a subvencionar los
proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo en el área de inserción y formación
integral en el medio sociolaboral de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid.
Los proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo, según lo dispuesto en el ar-
tículo 2.5 de la presente Orden, tendrán que promover proyectos en el área de inserción y
formación integral en el medio sociolaboral de la población inmigrante desempleada o en
situación laboral precaria de la Comunidad de Madrid, ya sean proyectos de nueva creación
o que por su interés y resultados resulte su continuidad de manifiesta necesidad.
2. Las actividades subvencionables deberán desarrollarse en el ámbito territorial de
la Comunidad de Madrid.
3. Se entenderá por proyecto el conjunto de acciones desarrollado por una misma en-
tidad cuya duración será como máximo de un año.
4. Los proyectos no cofinanciados por el Fondo Social Europeo habrán de referirse
solamente a una de las acciones subvencionables siguientes:
1. Acogida para la integración de personas inmigrantes. Iniciativas que contemplen
el diseño de itinerarios de inserción, así como el conocimiento de sus derechos y
obligaciones y el seguimiento social preciso para favorecer la autonomía personal
de las personas inmigrantes y garantizar su incorporación social y laboral en nues-
tra sociedad, así como su atención en lugares y/o necesidades no cubiertas por
otros servicios normalizados dirigidos a la población en general.
2. Actuaciones que promuevan la enseñanza del idioma español como instrumento
básico para la integración social.
3. Apoyo al retorno voluntario. Actuaciones que promuevan itinerarios individuales
de atención, información y asesoramiento de las solicitudes de retorno voluntario
de las personas inmigrantes a su lugar de origen, facilitando los trámites necesa-
rios mediante la gestión del proceso en el territorio de la Comunidad de Madrid.
5. Los proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo deberán referirse a algu-
na actuación que promuevan actuaciones destinadas a fomentar, dentro del ámbito laboral:
Actuaciones que promuevan la plena integración de las personas inmigrantes en el
mercado laboral, incluyendo acciones formativas para su incorporación a dicho
mercado laboral, la integración en el nuevo medio sociolaboral y el desarrollo de
habilidades sociales, mediante intervenciones a nivel individual y grupal, con el
fin de potenciar la empleabilidad de dichas personas inmigrantes desempleadas o
en situación laboral precaria.
Actuaciones que promuevan el autoempleo entre los inmigrantes residentes de la
Comunidad de Madrid.

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